Resolución Exenta N° 2217

Valparaíso, 01.04.2009

APRUEBA MECANISMOS GENERALES DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS 


VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 1º de la Constitución Política del Estado; El DFL N 1, publicado en el D.O. de 17 de noviembre de 2001 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el Instructivo Presidencial para la Participación Ciudadana en la Gestión Pública, N 008, de 27 de agosto de 2008.


CONSIDERANDO:

Que el 29 de Septiembre de 2006, la Presidenta de la República anunció públicamente la Agenda Pro Participación Ciudadana, comprometiendo transversalmente a todos los órganos de la Administración del Estado y propiciando que cada sector formule sus iniciativas de participación ciudadana.

Que, este carácter transversal permite al Estado en su conjunto hacer una contribución al perfeccionamiento del sistema democrático del país, por medio de diversas iniciativas tendientes a promover la participación ciudadana en la gestión pública en torno a cuatro ejes programáticos: 1. Derecho Ciudadano a la Información Pública; 2. Gestión Pública Participativa; 3. Fortalecimiento de la Sociedad Civil; y, 4. No Discriminación y Respeto a la Diversidad.

Que, el Instructivo Presidencial para la Participación Ciudadana en la Gestión Pública, del 27 de Agosto de 2008, dispone en la letra a. de su numeral 6. que como la participación ciudadana es un deber para cada órgano de la Administración del Estado, éstos estarán obligados a: ...establecer una norma general de participación...

Que, de acuerdo al instrumento aludido, la incorporación de la participación ciudadana en la gestión pública del Servicio Nacional de Aduanas se fundamenta en los siguientes ejes programáticos:

- Derecho Ciudadano a la Información Pública: Las políticas públicas deben ser conocidas por la sociedad, especialmente por quienes son sus destinatarios, tanto en el acceso a la oferta de los servicios institucionales y garantías de protección social, como en el control social, la transparencia de la función pública y la participación ciudadana.

- Gestión Pública Participativa: Es la incorporación de las personas, asociadas o no, al diseño, ejecución y/o evaluación de las políticas públicas, a través de los mecanismos institucionalizados por el Estado, que permitan a los ciudadanos y ciudadanas incidir y ejercer control social en períodos, espacios territoriales y políticas públicas específicas.

- Fortalecimiento de la Sociedad Civil: Las políticas públicas deben incluir iniciativas concretas de fortalecimiento de las organizaciones de la sociedad civil que corresponden a su ámbito programático, teniendo en cuenta criterios de equidad, descentralización y respeto a su autonomía.

- No Discriminación y Respeto a la Diversidad: La calidad participativa de las políticas públicas se encuentra comprometida con una sociedad libre de discriminaciones arbitrarias, lo cual requiere de medidas tendientes a un enfoque de derechos para la inclusión ciudadana.

Que resulta necesario establecer una norma  general de participación, para lo cual se han diseñado, dentro del contexto señalado, diversos mecanismos de participación ciudadana, y de acuerdo a lo que establece el artículo 4 Nº 1 del D.F.L. Nº 329, de 1979, dicto la siguiente 


RESOLUCIÓN


APRUÉBASE los siguientes mecanismos  de participación ciudadana del Servicio Nacional de Aduanas.

Artículo 1 : El Servicio Nacional de Aduanas se valdrá  de mecanismos de participación ciudadana, entendidos como procesos de corresponsabilidad conformados por un número variable de etapas que obedecen a definiciones públicas respecto de sus objetivos, requisitos de participación, procedimientos de trabajo y periodicidad de funcionamiento.


Artículo 2 : Los mecanismos de participación ciudadana que este Servicio utilizará bajo las condiciones que se establecen, son los siguientes:

1. Cuenta pública anual
2. Sistema de Información
3. Publicación Anticipada
4. Agenda Normativa



De la Cuenta Pública

Artículo 3º: La Autoridad máxima del Servicio, realizará durante el primer semestre de cada año un proceso de Cuenta Pública, con participación directa de la ciudadanía.

Artículo 4º: El Servicio convocará a una jornada informativa y/o de diálogo participativo presencial y/o virtual a personas representantes de organizaciones de la sociedad civil, en la que se expondrá de manera clara y pedagógica el contenido de la cuenta pública. Posteriormente, y luego de procesadas las opiniones y comentarios recogidos en la jornada de diálogo presencial y/o virtual, se publicará una respuesta de la autoridad a las inquietudes e interrogantes planteadas en el proceso de cuenta pública, a través de la página web institucional.


Sistema de Información Ciudadana

Artículo 5º: El Servicio pondrá en conocimiento público información relevante acerca de sus planes, programas, acciones y presupuestos, asegurando que ésta sea oportuna, completa y ampliamente accesible.

Artículo 6º: La información señalada en el artículo anterior se encontrará disponible a través de la página web institucional.


Publicación Anticipada

Artículo 7º: El Servicio pondrá en conocimiento público todos los proyectos de normativa aduanera de carácter general antes de su adopción definitiva, publicando el texto íntegro en la página web institucional, con el objeto de dar la oportunidad a los ciudadanos(as) de conocerlo y exponer sus puntos de vista.

Artículo 8º: Simultáneamente, se informará el plazo establecido para que los ciudadanos remitan al Servicio de Aduanas consultas, comentarios u observaciones a los proyectos normativos. Posteriormente, se publicarán las respuestas a las inquietudes e interrogantes planteadas, a través de la página web institucional.


Agenda Normativa

Artículo 9 : La Autoridad máxima del Servicio, realizará durante el mes de octubre de cada año una convocatoria a participar en el proceso de diseño de la Agenda Normativa del año siguiente, con participación directa de la ciudadanía.

Artículo 10 : La convocatoria se realizará mediante el envío de cartas a los representantes gremios y de organizaciones de la sociedad civil y virtualmente, a través de la página web institucional. Simultáneamente, se publicará en dicho portal el formulario de propuestas que deberá ser descargado por el proponente, completado y reenviado a la casilla de correo electrónico creada especialmente para ello.

Artículo 11 : Las propuestas recibidas serán evaluadas por un Comité Técnico y la Agenda Normativa será anunciada por el Director Nacional de Aduanas en la cuenta pública de de cada año.

Artículo 12 : El Servicio Nacional de Aduanas comunicará al autor de la propuesta el destino de ésta, mediante carta enviada con posterioridad a la fecha de publicación de la Agenda Normativa.


ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL DIARIO OFICIAL Y EN LA WEB DEL SERVICIO.





SERGIO MUJICA MONTES
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS