Resolución Exenta N° 3408
Extiende aplicación del sistema DECARE en Aduanas de Talcahuano, Puerto Montt y Osorno.
VISTOS: El Libro II de la Ordenanza de Aduanas que describe las destinaciones aduaneras que amparan la entrada y salida de vehículos, personas y mercancías hacia y desde el territorio nacional y las obligaciones tributarias aduaneras que ellas generan. El Libro III de la citada Ordenanza, que describe las transgresiones a dichas obligaciones tipificando infracciones a la Ordenanza, sus penas y del procedimiento para aplicarlas.
El Libro I de la Ordenanza que establece la Junta General de Aduanas para conocer de ciertas reclamaciones y, por su parte, la Ley 20322 que, fortaleciendo y perfeccionando la jurisdicción tributaria y aduanera, crea los Tribunales Tributarios y Aduaneros que conocerán gradualmente las reclamaciones que interpongan los particulares contra el Servicio de Aduanas en diferentes materias.
La Resolución N° 6730 de fecha 30.12.2010, del Director Nacional que puso en vigencia el nuevo Sistema de Denuncias, Cargos y Reclamos (DECARE) para el registro, control y seguimiento de los procesos a que den lugar las denuncias y cargos que emitan las aduanas, partiendo en las aduanas de Valparaíso, Metropolitana e Iquique en Enero de 2011, el que se ha ido expandiendo según la capacitación que han tenido los funcionarios de las aduanas que se agregan al sistema.
CONSIDERANDO:
La necesidad de continuar expandiendo la aplicación del sistema DECARE en las demás aduanas del país.
Que los funcionarios de las Aduanas de Talcahuano, Puerto Montt y Osorno han sido capacitados en el mes de junio del presente año.
La importancia de contar con un sistema informático que registre en línea las reclamaciones que se deduzcan ante la Junta General de Aduanas y ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros y coordinar sus resultados con las denuncias y cargos formulados en las mismas aduanas.
TENIENDO PRESENTE: Lo dispuesto por los artículos 5, 32 y siguientes, 71, 75, 76, 78 Y 84 del Decreto con Fuerza de Ley N° 30 de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto de la Ordenanza de Aduanas, artículo 4° números 7 y 8 del decreto con fuerza de ley N° 329 de 1979, del Ministerio de Hacienda, Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas y la Resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN:
1. PONGASE EN VIGENCIA en las Aduanas de Talcahuano, Puerto Montt y Osorno a partir del 1 de Julio de 2011, el Sistema Informático de Denuncias, Cargos y Reclamaciones del Servicio Nacional de Aduanas. En el resto de las Aduanas, su aplicación será gradual en la medida en que sus funcionarios vayan siendo capacitados por el equipo de proyecto.
2. Para la aplicación del sistema, los funcionarios de las Aduanas de Talcahuano, Puerto Montt y Osorno, deberán seguir las instrucciones contenidas en el Manual de Usuarios que se encuentra disponible en la Intranet del Servicio.
3. Los Formularios de Denuncia, Formulario Giro Comprobante de Pago en Pesos y Formulario de Cargo que se generen con el nuevo sistema, reemplazarán a los actualmente contenidos en el Manual de Pagos.
4. Las denuncias y cargos que se hubieren emitido y notificado por las aduanas citadas en forma previa a la entrada en vigencia de este nuevo sistema y que se encuentren en actual tramitación, deberán continuar con el procedimiento vigente al momento en que éstos fueron formulados. Asimismo, las notificaciones de estos documentos se deberán efectuar conforme a las normas establecidas en el Manual de Pagos. Por tanto, durante este período continuarán existiendo dos formas de tramitación y de notificación de las denuncias y cargos, una conforme al nuevo sistema que se implementa con esta Resolución y la segunda, conforme a las normas existentes al momento en que las denuncias y cargos fueron formuladas.
5. Sin perjuicio de lo antes resuelto, aquellas denuncias y cargos que se emitan por las Aduanas de Talcahuano, Puerto Montt y Osorno después de la puesta en marcha y que se generan por hechos anteriores al 1° de julio de 2011, deberán ingresarse y procesarse de acuerdo al nuevo sistema DECARE.
ANOTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
JUAN ARAYA ALLENDE
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS (T y P)
GFA/FJC/RGH/PSS/PIN/SGP