Resolución Exenta N° 4354 - 06.09.2019
VISTOS Y CONSIDERANDO:
El Anexo N°51-15 del Compendio de Normas Aduaneras, que contiene la tabla de códigos asignada a los operadores Almacenistas.
La Resolución Exenta N°3680, de 02 de agosto de 2019, de esta Dirección Nacional, que autorizó la operación e inicio de la explotación del recinto de depósito aduanero a cargo de Compañía Minera del Pacífico S.A., Rut N° 94.638.000-8,ubicado al interior del Puerto Punta Totoralillo, habilitada por Resolución N° 1601, de 09 de abril de 2018.
Que, en razón de lo señalada es necesario asignar un código de identificación como operador Almacenista a la empresa "Compañía Minera del Pacífico S.A.", debiendo en consecuencia actualizar la tabla del Anexo 51-15 del Compendio de Normas Aduaneras.
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en el artículo 4°, números 7 y 8 del D.F.L N° 329/1979 del Ministerio de Hacienda "Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas" y la Resolución N°7, de 2019, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de Toma de Razón, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN:
I.- MODIFÍQUESE, el Compendio de Normas Aduaneras como se indica a continuación:
1.- AGRÉGASE en la tabla "ALMACENISTAS" del Anexo 51-15, a continuación de SITRANS A LMACENES EXTRAPORTIJA RIOS LTDA. (San Antonio) código A-56, lo siguiente:
ALMACENISTA CÓDIGO
Compañía Minera del Pacífico S.A. A-57
II.- La presente resolución entrará en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial.
III.- Como consecuencia de la referida modificación sustitúyase la hoja Anexo 51-51 del Compendio de Normas Aduaneras ,por la que se adjunta a la presente resolución.