Resolución Exenta N° 4641 - 14.08.2014
Valparaíso
VISTOS Y CONSIDERANDO: El Compendio de Normas Aduaneras, sustituido por la Resolución N° 1300/06, de esta Dirección Nacional.
Que, se hace necesario actualizar la tabla del Anexo51-11 “Puertos”, del texto normativo anteriormente citado.
TENIENDO PRESENTE: lo dispuesto en el artículo 4°, números 7 y 8 del D.F.L. N° 329/1979 del Ministerio de Hacienda, Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas y la Resolución N° 1600 de 2008 de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de Toma de Razón, dicto la siguiente:
R E S O L U C I O N :
I.- MODIFÍQUESE el Compendio de Normas Aduaneras, de la forma siguiente:
1. REEMPLÁZASE en la tabla del Anexo 51-11 “Puertos”, el código correspondiente al puerto que se indica a continuación:
CROACIA
PUERTOS CÓDIGO
RIJEKA 538
2. DESE TERMINO a la vigencia, en la tabla del Anexo 51-11 “Puertos”, a los códigos correspondientes a los puertos de la ex nación de Yugoslavia, que se indican a continuación:
PUERTOS CÓDIGO
RIJEKA 531
OTROS PUERTOS DE YUGOSLAVIA NO ESPECIFICADOS 532
II.- Como consecuencia de la modificación señalada, reemplácese en el Anexo 51 del Compendio de Normas Aduaneras, la hoja ANEXO 51-42, por la que se adjunta a la presente resolución.
ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE EN LA PÁGINA WEB DEL SERVICIO.
PABLO ANDUEZA GUZMAN
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS (S)
AAL/GFA/GLH/RHD
DISTRIBUCION:
ADUANAS ARICA/P.ARENAS
SUBDS Y DEPTOS DNA
INFORMÁTICA (Infraestructura – Mesa de Ayuda)
SICEX
CAMARA ADUANERA DE CHILE AG
ANAGENA AG
VAN EDI
45684