Resolución Exenta N° 8372
Agrega como nuevo punto habilitado de control de mercancías al Puerto Oxxean Chacabuco.
VISTOS:
El artículo 2° de la ley N° 19.946 y la Resolución N° 5275/04, del Director Nacional de Aduanas.
CONSIDERANDO:
Que, a través de Oficio 314/09 se ha solicitado por parte del Administrador de Aduana de Aysén se dé curso a una solicitud de la empresa Servicios Marítimos Oxxean S.A. para habilitar un punto de control de mercancía en Puerto Oxxean, Bahía Chacabuco, en la Comuna de Aysén, Provincia de Aysén, Undécima Región.
Que dentro de los antecedentes acompañados por la empresa requirente se encuentran los siguientes decretos del Ministerio de Defensa, a través de los cuales se le entregan diversas concesiones marítimas: D.S. (M) N° 396/04, D.S. (M) N° 173/06, D.S. (M) N° 388/07, D.S. (M) N° 246/08, D.S. (M) N° 389/08 y D.S. (M) N° 413/08.
Que el inciso tercero del artículo 2° de la ley 19.946 faculta al Director Nacional de Aduana a habilitar puntos en la Región de Aysén y en la Provincia del Palena para el ingreso y salida de las mercancías a que se refiere el inciso primero del mismo artículo.
Que la Resolución 5275/04 de esta Dirección Nacional, junto con habilitar determinados puntos para la entrada y salida de mercancías, dicta instrucciones especiales relativas a la documentación y procedimiento administrativo aplicables al ingreso y salida de mercancías en la zona territorial a que se refiere la ley 19.946.
Que el Administrador de Aduana de Aysén ha informado favorablemente la solicitud de la empresa Servicios Marítimos Oxxean S.A. a través de los Oficios 341/09 y 364/09, y
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en la Resolución Nº 1.600/08 de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón, y en el inciso tercero del artículo 2 de la ley 19.946,
RESUELVO:
- MODIFÍCASE la letra B) del numeral II de la Resolución N° 5275/04 de este Director, agregando como punto habilitado sujeto a la jurisdicción de la Aduana de Puerto Aysén, Región de Aysén, el siguiente:
Puerto Oxxean Chacabuco, en la Provincia de Aysén.
43°27 52 S
72°
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL DIARIO OFICIAL Y EN LA PÁGINA WEB DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
KARL DIETERT REYES
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS
- Oficio Circular N° 0013
- Fallos Clasificación Diciembre 2009
- Fallo de Segunda Instancia N° 26, de 06.01.2010
- Fallo de Segunda Instancia N° 25, de 06.01.2010
- Fallo de Segunda Instancia N° 24, de 06.01.2010