RESOLUCIÓN Nº 107, DE 11 DE FEBRERO DE 2003

RECLAMO Nº 279, DE 22.11.2002, ADUANA METROPOLITANA

MATERIA:

Solicita devolución de los gravámenes aduaneros cancelados en exceso en la D.I. Pago Contado, presentada en la Aduana Metropolitana, ya que según expresa cuenta con la correspondiente certificación de origen que le permite acceder a los beneficios y rebajas arancelarias otorgadas en el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Centroamérica, Protocolo con Costa Rica.

PRIMERA INSTANCIA:

Se establece en virtud de los antecedentes acompañados por el interesado, que la mercancías en estudio se encuentran pactadas con un ad valorem de 0% en el Tratado de Libre Comercio cuya aplicación se solicita y que fueron embarcadas dentro del plazo que contempla el citado Acuerdo, cumplen con las exigencias de origen establecidas.

Modifica el aforo en la D.I.

Corresponde aplicar el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Costa Rica con 0% ad-valorem en la citada D.I.

Procede devolver lo pagado en exceso.

Aplica infracción reglamentaria Art. 173º de la Ordenanza de Aduanas.

Deja sin efecto el registro por TLC Nº 29/02

SEGUNDA INSTANCIA:

Confirma el fallo de primera instancia.