RESOLUCIÓN Nº 294, DE 26 DE JUNIO DE 2003

RECLAMO Nº 248, DE 05.11.2002, ADUANA METROPOLITANA

MATERIA:

Se solicita la aplicación de régimen MERCOSUR, a mercancías declaradas inicialmente como originarias de China y provenientes de Argentina y solicitadas a régimen general, por no contar con el certificado de origen respectivo, al momento de confeccionar la declaración de ingreso.

PRIMERA INSTANCIA:

La mercancía identificada en la declaración corresponde a velas para adorno, clasificadas en la partida arancelaria 3406.0000 del arancel aduanero.

La mercancía cuenta con el certificado de origen de la Cámara de Exportadores de la República Argentina, debidamente emitido, cumpliendo con las otras exigencias del Acuerdo invocado.

La mercancía fue embarcada dentro del plazo de diez días que contempla en Anexo 13 del Convenio Mercosur, regulatorio del artículo 13 sobre Normas de Origen, cumpliendo con todas las normas requeridas. Aunque el exportador no es fabricante de este tipo de productos, cuenta con el certificado de origen correspondiente.

Modifica el aforo en la D.I.

Aplica régimen de importación previsto en Acuerdo Chile y Mercosur con 1,5% de advalorem y afectos a IVA.

Procede a devolver lo pagado en exceso. El despachador deberá adjuntar la respectiva solicitud de modificación de documento aduanero.

Formula denuncia por infracción al artículo 173º de la ordenanza de aduanas.

SEGUNDA INSTANCIA:

Confirma el fallo de primera instancia.