RESOLUCIÓN Nº 323, DE 08 DE AGOSTO DE 2003

RECLAMO Nº 367, DE 14.11.2002, ADUANA DE LOS ANDES

MATERIA:

Se impugna el cargo formulado para la mercancía comprensiva de impresoras marca Xerox, modelos DC-220 y Docucolor 4, clasificadas en la partida 8471.6000 y kit de instalación clasificado en la partida 8473.3000, por concepto de aplicación errónea de cláusula de la nación más favorecida Tratado Chile-Canadá por cuanto se estableció que la clasificación arancelaria correcta para las impresoras no se encuentra favorecida por dicha cláusula, aplicándose régimen general de importación.

PRIMERA INSTANCIA:

Confirma el cargo emitido en cuanto al régimen de importación, ya que no procede aplicación del Tratado TLCCH Chile-Canadá.

Clasifica en la posición 9009.9000 a la mercancía kit de instalación (ítem 4).

Clasifica a los equipos DC220 y DC4, en la posición 9009.1200.

SEGUNDA INSTANCIA:

Confirma el fallo de primera instancia en el sentido que procede la formulación de cargo en declaración de importación.

Ratifica la clasificación arancelaria declarada por el despachador en el ítem 3, Docucolor 4, posición 8471.6000, con aplicación del trato arancelario preferencial contemplado en el artículo C-07 del Tratado de Libre Comercio Chile-Canadá.

Clasifica las impresoras Xerox, modelo DC220, amparadas en el ítem 1 y 2 de la misma D.I. por la posición 9009.1200, sin aplicación del trato preferencial contemplado en el Tratado de Libre Comercio Chile-Canadá.

Clasifica los juegos de accesorios de servicio para multifuncionales, declarados en el ítem 4 por la posición 9009.9000 del arancel aduanero vigente a la fecha de aceptación de la D.I.

Reliquida la D.I. en controversia y modifica el cargo, según reliquidación practicada.

Formula denuncia por infracción al artículo 173 de la Ordenanza de Aduanas, en el evento que no se hubiere formulado.