Resolución N° 3381 / 16.06.2014

Valparaíso

VISTOS Y CONSIDERANDO: Lo dispuesto en la Resolución N° 1300/06, que sustituyó el cuerpo del Compendio de Normas Aduaneras.

El Decreto de Hacienda N° 1.287 (D.O. 06.12.2012), que estableció un desglose de la subpartida 2309.90 del Arancel Aduanero Nacional.

El Ordinario N° 6537 de 02.06.14, del Departamento Técnico, de la Subdirección Técnica, mediante el cual se solicita incorporar en el Apéndice I, del Capítulo III, del compendio de Normas Aduaneras, la tabla “DESCRIPTORES ESPECÍFICOS PARA CEREALES, LEGUMINOSAS, MEZCLAS Y PREPARACIONES ALIMENTICIAS PARA CONSUMO ANIMAL”, a que se refiere el numeral 1.3, en su parte dispositiva, de la Resolución Exenta N° 3984 de 22.04.13.

Que, por tanto, se hace necesario modificar el texto normativo citado precedentemente, y

 

TENIENDO PRESENTE: Lo dispuesto en el artículo 4°, números 7 y 8 del D.F.L. N° 329/1979 del Ministerio de Hacienda, Ley Orgánica dl Servicio Nacional de Aduanas y la Resolución N° 1600 de 2008 de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de Toma de Razón, dicto la siguiente:

 

RESOLUCIÓN:

 

I.- MODIFICASE el Apéndice I, Capítulo III, del Compendio de Normas Aduaneras, como se indica:

Agrégase al Apéndice I, del Capítulo III, el Anexo I siguiente:

 

ANEXO I

MERCANCIAS CON EXIGENCIA DE DESCRIPTORES ESPECIFICOS

DESCRIPTORES ESPECÍFICOS PARA CEREALES, LEGUMINOSAS, MEZCLAS Y PREPARACIONES ALIMENTICIAS PARA CONSUMO ANIMAS

Capítulo

Posición Arancelaria

Descriptor

10

10.01

Especie; Duro u otra (especificar)

Uso;  Siembra u otro (especificar)

Tipo;  Hard red Winter, soft red Winter, soft White, pan argentino, Canadian Wheat, red spring, Canadian wheat, white winter, Canadian wheat western red winter u otro (especificar).

Contenido de gluten húmedo, porcentaje en peso

10.04

Variedad

Uso;  Siembra u otro (especificar)

Tratamiento;  Activada o desactivada

10.05

Variedad

Uso;  Siembra, consumo, investigación y ensayo u otro (especificar)

Calidad;  Hibrido u otro (especificar)

10.06

Variedad

Uso;  Siembra, consumo u otro (especificar)

Porcentaje en grano partido, en peso

10.07

Variedad

Uso;  Siembra, consumo u otro (especificar)

Porcentaje en grano partido, en peso

11

11.04

Marca Comercial

Cereal del que proviene,  avena, maíz u otro (especificar)

Indicar tipo de trabajo recibido por el grano;  Mondados, aplastados, en copos, perlados, troceados, quebrantados u otros (especificar).

23

23.02

Marca comercial

Cereal o leguminosa del que proviene;  maíz

23.06

 

2308.0000

 

2309.9030

 

2309.9040

 

2309.9050

 

2309.9060

 

2309.9070

 

2309.9080

 

2309.9090

 

 

DISTRIBUCIÓN:

ADUANAS ARICA/PUNTA ARENAS

SUBDS. Y DEPTOS. DNA.

CAMARA ADUANERA DE CHILE AG.

ANAGENA AG.

EDI:VAN