RESOLUCIÓN Nº 402, DE 03 DE SEPTIEMBRE DE 2003

RECLAMO Nº 076, DE 22.01.2003, ADUANA DE VALPARAÍSO

MATERIA:

Se impugna la no aplicación del trato arancelario preferencial contemplado en el Tratado de Libre Comercio Chile-Canadá a unas válvulas y otras mercancías internadas bajo régimen general mediante declaración de importación, acogidos en su importación a la Regla 1 inciso tercero de Procedimiento de Aforo.

PRIMERA INSTANCIA:

Fundamentada en que se está solicitando el régimen preferencial del TLC con Canadá sólo a una parte de la planta de tratamiento de aguas, deniega el trato arancelario preferencial, señalando, además, que el numeral 5.5.1 de la Resolución Nº 307/98 no se compadece con la legislación vigente a la fecha de aceptación a trámite de los despachos por referirse solo a una parte del conjunto, ni con el régimen de importación que se solicitó.

SEGUNDA INSTANCIA:

No corresponde denegar el trato arancelario preferencial contemplado en un Tratado de Libre Comercio por restricciones internas de carácter administrativo, a las mercancías en controversia les procede la aplicación del trato arancelario preferencial contemplado en el Tratado de Libre Comercio Chile-Canadá. Asimismo, procede la reliquidación de los gravámenes, la devolución de los derechos cancelados en exceso y la aplicación de la sanción establecida en el artículo 173 (clasificación y valor) de la Ordenanza de Aduanas.

1. Revoca el Fallo de Primera Instancia.

2. Aplica el trato arancelario preferencial contemplado para el año 2002 en el Tratado de Libre Comercio Chile-Canadá..

3. Reliquídese la declaración de importación y procédase a la devolución de los derechos cancelados en exceso.

4. Aplica la sanción establecida en el artículo 173 de la Ordenanza de Aduanas.

5. El Despachador debe solicitar la exclusión de las mercancías en controversia de la operación de Regla 1 inciso tercero sobre Procedimiento de Aforo autorizada por Resolución Nº 71073, de 19.04.2002, de la Dirección Regional de Aduana Metropolitana.