RESOLUCIÓN Nº 449, DE 28 DE OCTUBRE DE 2003

RECLAMO Nº 270, DE 03.04.2003, ADUANA DE VALPARAISO

MATERIA:

Se formula denuncia por error en la clasificación arancelaria, ítems 5112.1919 y 5112.1911 de la respectiva D.I., considerando que el análisis del Laboratorio Químico, según Boletín, señaló que corresponde la clasificación arancelaria 5112.1110 del arancel aduanero.

PRIMERA INSTANCIA:

Se solicitó causa a prueba por existir hechos controvertidos, requiriendo que el agente demostrara que la clasificación arancelaria señalada en las posiciones 5112.1919 y 5112.1911 se encuentra bien declarado y así poder desvirtuar lo determinado por boletín de análisis del Laboratorio Químico DNA.

El despachador en respuesta a lo solicitado señala que ...se solicitó a despacho para importación, clasificación arancelaria 5112.1919 y 5112.1911 de tejidos 100% lana, de 275 grs/mt2 que según especificaba la factura comercial del proveedor, por lo cual no existía fundamento para dudar de que era el correcto , Las razones anteriormente expuestas revelan en forma fehaciente que se actuó de absoluta buena fe.

Analizados los antecedentes adjuntos, este Tribunal opina que las mercancías despachadas en la citada D.I. corresponde su clasificación en la posición arancelaria 5112.1110, tal como lo indica el boletín de análisis del Laboratorio Químico DNA, confirmado con las notas explicativas de la partida 5112 tejido de lana peinada de gramaje inferior o igual a 200 g/m2, como también el despachador así lo reconoce.

Confirma la denuncia.

SEGUNDA INSTANCIA:

Confirma el fallo de primera instancia