RESOLUCIÓN Nº 476, DE 19 DE NOVIEMBRE DE 2003

RECLAMO Nº 418, DE 22.05.2003, ADUANA METROPOLITANA

MATERIA:

Se impugna la formulación del cargo emitido por aplicación indebida del trato preferencial contemplado en el Tratado de Libre Comercio Chile-Canadá, a las mercancías solicitadas a despacho en los ítemes 1 al 6 de la DIN, consistentes en Item 1: cabezales de impresión; Item 2: plotter marca Encad, modelo Cadjet2; Item 3: plotter marca Encad, modelo Novajet 500; Item 4: plotter marca Encad, modelo Novajet 530; Item 5: plotter Encad, modelo Novajet 505 e Item 6: plotter marca Encad, modelo Novajet 750, clasificadas para el ítem 1 en la subpartida 8473.3000 y para los restantes ítemes por la subpartida 8471.6000, comprensivos de las partes y accesorios de máquinas de la partida Nº 84.71 y de las unidades de entrada o salida, aunque incluyan unidades de memoria en la misma envoltura.

PRIMERA INSTANCIA:

Este Tribunal señala que dichos aparatos usan la tecnología de inyección térmica de tinta, y son utilizados principalmente en el mercado gráfico profesional (diseño gráfico, fotografía artística comercial, etc.); reproducen imágenes en grandes formatos, utilizando papeles especiales para los cuales poseen en determinados casos con alimentadores en hojas o en rollos simultáneos y cortador automático de papel, es decir, poseen características de máquinas diseñadas para desempeñar una función propia distinta del tratamiento o procesamiento de datos, razón por la cual es aplicable la Nota 5 E) del capítulo 84. Existen fallos de segunda instancia de mercancías similares, resoluciones Nº 190 y 196 del 2003.

Confirma la denuncia y el cargo.

SEGUNDA INSTANCIA:

De acuerdo a las características antes descritas de las impresoras marca Encad, modelos Novajet 500, 505, 530 y 750, particularmente en términos de sus capacidades técnicas y aplicaciones particulares, reúnen los requisitos de máquinas diseñadas para desempeñar una función propia distinta del tratamiento o procesamiento de datos.

Por consiguiente, la clasificación de tales impresoras de inyección de tinta, de gran formato, procede por el código 8443.5100, que comprende las máquinas de imprimir por chorro de tinta.

Ahora bien, el plotter modelo Cadjet 2, por aplicación del Dictamen Nº 1, de 08.01.2002 debe ser clasificado en la subpartida 9017.1000 del Arancel Aduanero, en razón de sus características técnicas de constituir un graficador de inyección de tinta, diseñado para proporcionar a los usuarios de programas de dibujo (CAD) una solución a bajo costo y menor tiempo de espera por plano o gráfico en color o monocromático.

Confirma el fallo de primera instancia, en cuanto a la procedencia del cargo.

Ratifica la clasificación arancelaria consignada en el cargo para la mercancía del ítem 1, en la subpartida 8443.9000.

Clasifica las impresoras correspondientes a los ítemes Nºs. 3, 4, 5 y 6 en la subpartida 8443.5100 del arancel aduanero.

Clasifica el equipo graficador marca Encad, modelo Cadjet 2, del ítem 2 de la DIN por la subpartida 9017.1000 del arancel aduanero.