RESOLUCIÓN Nº 497, DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2003

RECLAMO Nº 1216, DE 23.12.2002, ADUANA DE VALPARAÍSO

MATERIA:

Se impugna la clasificación arancelaria propuesta por el agente de aduanas para la mercancía comprensiva de una partida de lactosuero en polvo, con adición de azúcar, para ser utilizado en la industria alimenticia, posición arancelaria 0404.1000.

PRIMERA INSTANCIA:

En aforo físico practicado a la mercancía se tomaron muestras que fueron remitidas al Subdepto. Laboratorio Químico DNA.

Mediante boletín de análisis se indica como opinión de clasificación la posición 2106.9090.

Este Tribunal opina que es procedente el cambio de partida arancelaria en D.I.

Modifica la posición arancelaria indicada en D.I. debiendo señalarse 2106.9090 con aplicación del acuerdo de complementación económica Nº 24 Chile-Colombia.

Aplica infracción al artículo 173º a la clasificación.

Restitúyase la suma de los derechos cancelados en exceso.

SEGUNDA INSTANCIA:

Efectivamente las preparaciones alimenticias que se clasifican en el ítem 2106.9090 del arancel aduanero nacional se encuentran negociadas en el anexo 1 del acuerdo de complementación económica Nº 24 Chile-Colombia, en el código 2106.9090 del arancel chileno vigente a la suscripción del Acuerdo (no de la NALADISA como señala el fallo de primera instancia) con una tributación de 0% de derechos ad valorem a contar del 01.01.1999.

Confirma el fallo de primera instancia.