RESOLUCIÓN Nº 517, DE 02 DE DICIEMBRE DE 2003

RECLAMO Nº 14, DE 12.08.2003, ADUANA DE TALCAHUANO

MATERIA:

Se impugna el cambio de partida arancelaria para la mercancía descrita por el agente como costados de muebles, formado por ensamblados de tablas para estantería y armarios, contenido en paquetes de pino radiata, partida arancelaria 9403.9090.

PRIMERA INSTANCIA:

La mercancía fue seleccionada con examen físico por el sistema computacional del Servicio, determinando el fiscalizador a cargo que la mercancía consistía en paneles o tableros de maderas de pino radiata, formados por ensamblados por entalladuras múltiples (finger joint).

De acuerdo al arancel aduanero, sección IX, capítulo 44 y notas explicativas, boletín oficial de octubre del 2002, donde se inserta la resolución de aforo Nº 479/02 respecto a idénticas mercancías de la misma empresa exportadora.

Se recepciona del reclamante la respuesta a las interrogantes de la causa a prueba, que en su contexto no aporta mayor información de los datos o conceptos ya vertidos sobre la clasificación cuestionada.

Confirma la denuncia por infracción al Art. 173º de la Ordenanza de Aduanas por cambio de partida arancelaria de mercancía exportada.

Clasifica a los tableros de pino radiata ensamblados en la partida arancelaria 4407.1019.

SEGUNDA INSTANCIA:

Confirma el fallo de primera instancia.