RESOLUCIÓN Nº 520, DE 02 DE DICIEMBRE DE 2003

RECLAMO Nº 575, DE 11.09.2003, ADUANA DE VALPARAÍSO

MATERIA:

Se impugna la formulación del cargo por no haber aplicado a la D.I. el Acuerdo de Asociación Político y Comercial suscrito entre Chile y la Unión Europea, para las mercancías comprensivas de sacos de polipropileno, de 25 kilos de capacidad para envasar cebollas, clasificada en la partida arancelaria 6305.3321 del arancel aduanero nacional.

PRIMERA INSTANCIA:

En revisión posterior al documento aduanero, se procedió a formular cargo por cuanto la certificación de origen efectuada en factura comercial es de fecha anterior a la vigencia del mencionado Acuerdo.

En el reclamo se adjunta un certificado original EUR.1 emitido por la Aduana española, emitido a posteriori, en el cual figura la mercancía amparada por la declaración de ingreso en comento y que en el Tratado figura con un 100% de preferencia, vale decir, con un derecho de 0% advalorem, constatándose que cumple con todos los datos exigidos por la normativa fijada en el Acuerdo.

Deja sin efecto el cargo.

SEGUNDA INSTANCIA:

Confirma el fallo de primera instancia.