RESOLUCIÓN Nº 521, DE 02 DE DICIEMBRE DE 2003

RECLAMO Nº 552, DE 21.08.2003, ADUANA DE VALPARAÍSO

MATERIA:

Se impugna la no aplicación del Acuerdo de Asociación Política, Comercial y de Cooperación suscrito entre Chile y la Unión Europea, para las mercancías amparadas en Declaración de Ingreso. Se formula cargo al verificar que en la carpeta de despacho se encontraba archivado fax correspondiente al certificado de circulación EUR.1 y no el original como la norma lo exige.

PRIMERA INSTANCIA:

El informe del fiscalizador señala que correspondería dejar sin efecto la denuncia dado que, conjuntamente con el reclamo, el despachador presentó el original del certificado EUR.1 motivo de la denuncia.

SEGUNDA INSTANCIA:

El numeral 4 del artículo 22 del Anexo III del Acuerdo, contempla si no se cuenta con la prueba de origen, la posibilidad de otorgar el régimen preferencial mediante el reembolso o devolución de los derechos, cuando con posterioridad, hasta por el plazo máximo de dos años, se presente una prueba de origen indicando que las mercancías, a la fecha de la importación, podían optar al trato preferencial.

Confirma el fallo de primera instancia.

Formula infracción reglamentaria en contra del agente de aduanas por presentar en carpeta fax y no el original del certificado como la norma lo exige.