RESOLUCIÓN Nº 564, DE 31 DE DICIEMBRE DE 2003

RECLAMO Nº 579, DE 25.09.03, ADUANA DE VALPARAÍSO

MATERIA:

Se impugna la aplicación de régimen general para las mercancías amparadas en declaración de ingreso, a raíz de que al momento de efectuar una revisión de los antecedentes de base del despacho se detectó que no se contaba con la prueba de origen para acogerse al Acuerdo de Asociación Política, Comercial y de Cooperación suscrito entre Chile y la Unión Europea.

PRIMERA INSTANCIA:

El despachador presenta prueba documental dentro del término probatorio, adjuntando Factura Original emitida por el proveedor extranjero en el que consta que la mercancía es de origen inglés y corresponde al despacho en cuestión, también se tuvo a la vista el Certificado de Circulación EUR.1, donde consta que la mercancía es originaria de Inglaterra.

Revisados los autos de la presente controversia se verifica que los antecedentes de respaldo citados por el despachador son correctos, cabe señalar que por Oficio Nº 9633/03 del Depto. de Acuerdos Internacionales DNA se determina que un exportador autorizado de un país comunitario de origen distinto al de las mercancías califica para certificar el origen, como sucede con el Certificado de Circulación EUR.1, donde se tuvo a la vista dentro del término probatorio el documento citado en original y adjuntándose al expediente la factura original.

Deja sin efecto el cargo.

SEGUNDA INSTANCIA:

Confirma el fallo de primera instancia.