RESOLUCIONES NºS. 81 Y 82, DE 07 DE FEBRERO DE 2003

RECLAMOS NºS. 160 Y 161, DE 26.06.2002, ADUANA METROPOLITANA

MATERIA:

Solicita se deje sin efecto el cargo formulado aplicado a una Declaración de Exportación del año 1998.

PRIMERA INSTANCIA:

El cargo fue emitido en marzo del 2002, para un reintegro pagado en noviembre de 1998.

El informe del fiscalizador señala que se encuentra fuera de plazo.

Según informe legal 23 de 16.07.1999, el plazo máximo para formular cargos por parte del Servicio es de tres años, transcurridos los cuales se extingue por el sólo Ministerio de la ley, en caso de no haberse ejercido en los términos señalados en la norma.

Procede anular los cargos emitidos transcurridos el plazo legal para formularlos.

Acepta la nulidad en los términos invocados.

Deja sin efecto el cargo.

SEGUNDA INSTANCIA:

Confirma el fallo de primera instancia.