Solicitud de abandono de mercancía a beneficio fiscal

Descripción del trámite

Este trámite permite a los dueños o consignatarios de mercancías que se encuentran almacenadas en un recinto de depósito aduanero, bajo la jurisdicción de la Aduana, cederlas a beneficio del Estado para que sean incluidas en las subastas aduaneras.

La autoridad aduanera resuelve en base los antecedentes proporcionados y al informe del almacenista, si la petición es aceptada o rechazada.

Quien puede realizar o a quién está dirigido el trámite

Interesados en abandonar la propiedad de una mercancía, en favor del fisco. La mercancía no debe estar sujeta a multas o penas de cualquier especie.

Qué se necesita para hacer el trámite

  • Solicitud dirigida al director regional o administrador de aduana.
  • Formulario de solicitud de abandono de mercancías, identificando las mercancías y el recinto de depósito, el que será provisto por la Aduana.
  • Acreditar propiedad de la mercancía, mediante conocimiento de embarque o documento de transporte a nombre del solicitante.
  • Certificado del encargado del recinto de depósito respecto a condiciones de las mercancías.

 Cómo y dónde realizar el trámite

En oficina:

  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a alguna de las oficinas de la Aduana que tiene jurisdicción sobre el recinto de depósito aduanero donde están almacenadas las mercancías.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar autorización de abandono de mercancía a beneficio fiscal.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de cinco días hábiles. 

 

Aspectos a considerar

El trámite se puede realizar durante todo el año.

Costo del trámite: No tiene costo.