Solicitud de abandono de mercancía a beneficio fiscal
Descripción del trámite
Este trámite permite a los dueños o consignatarios de mercancías que se encuentran almacenadas en un recinto de depósito aduanero, bajo la jurisdicción de la Aduana, cederlas a beneficio del Estado para que sean incluidas en las subastas aduaneras.
La autoridad aduanera resuelve en base los antecedentes proporcionados y al informe del almacenista, si la petición es aceptada o rechazada.
Quien puede realizar o a quién está dirigido el trámite
Interesados en abandonar la propiedad de una mercancía, en favor del fisco. La mercancía no debe estar sujeta a multas o penas de cualquier especie.
Qué se necesita para hacer el trámite
- Solicitud dirigida al director regional o administrador de aduana.
- Formulario de solicitud de abandono de mercancías, identificando las mercancías y el recinto de depósito, el que será provisto por la Aduana.
- Acreditar propiedad de la mercancía, mediante conocimiento de embarque o documento de transporte a nombre del solicitante.
- Certificado del encargado del recinto de depósito respecto a condiciones de las mercancías.
Cómo y dónde realizar el trámite
En oficina:
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a alguna de las oficinas de la Aduana que tiene jurisdicción sobre el recinto de depósito aduanero donde están almacenadas las mercancías.
- Explique el motivo de su visita: solicitar autorización de abandono de mercancía a beneficio fiscal.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de cinco días hábiles.
Aspectos a considerar
El trámite se puede realizar durante todo el año.
Costo del trámite: No tiene costo.