Solicitud para acogerse a la franquicia contemplada en el artículo 35 de la Ley N° 13.039, de 1958.
Descripción del trámite
Este trámite permite a residentes de zona franca o zona franca de extensión, importar libre de pago de derechos y demás impuestos, lo siguiente:
- Menaje y herramientas de mano usadas durante su residencia en zona franca o zona franca de extensión.
- Instrumentos, máquinas y aparatos utilizados en el ejercicio de su profesión.
- Un vehículo motorizado adquirido, al menos, dos meses antes de la fecha del traslado desde la zona franca o zona franca de extensión a otra ciudad del país.
Quien puede realizar o a quién está dirigido el trámite
Residentes de zona franca o zona franca de extensión que:
- Acrediten un único domicilio y una permanencia mínima de 5 años en una zona franca o zona franca de extensión.
- Funcionarios del estado con permanencia mínima de 2 años en una zona franca o zona franca de extensión.
- Su traslado a otra ciudad del país sea definitivo.
- Las rentas percibidas durante su permanencia en la zona sean suficientes para justificar la adquisición de las especies que desean liberar.
- Presenten la solicitud ante el Servicio Nacional de Aduanas dentro de los cuatro meses siguientes a su traslado.
Qué se necesita para hacer el trámite
- Formulario de solicitud de la franquicia.
- Declaración de especies.
- Declaración de vehículo motorizado (si corresponde).
- Certificado o resolución de traslado (si corresponde).
- Certificado de rentas.
- Declaración jurada notarial que indique la composición del grupo familiar y el nuevo domicilio del beneficiario.
- Mandato especial ante notario, si el trámite es realizado por un tercero.
- Factura de las mercancías que requieren la liberación (si corresponde).
- Solicitud de liberación de derechos.
- Auto de posesión efectiva, si el beneficiario falleció. No es necesario presentar este documento si la franquicia es solicitada por el cónyuge sobreviviente.
- Certificado de nacimiento, en caso de las personas mayores de 50 años que acrediten una residencia en la zona de 25 años o más.
- Comprobante de servicio básico, contrato de arriendo a nombre del solicitante, declaración jurada ante notario u otro instrumento que permita acreditar domicilio.
Cómo y dónde realizar el trámite
En oficina:
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a una de las oficinas del Servicio Nacional de Aduanas, (Arica, Iquique, Puerto Montt, Coyhaique o Punta Arenas).
- Explique el motivo de su visita: solicitar la franquicia para residentes de zona franca o zona franca extendida.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la franquicia. El Servicio Nacional de Aduanas enviará una carta certificada con la respuesta, en un plazo de 10 días hábiles.
Aspectos a considerar
Se consideran vehículos motorizados, casas rodantes autopropulsadas, motos de dos o más ruedas, motos de agua, motos de nieve, lanchas, motocicletas, entre otros. Deben tener un valor Free on Board (FOB) inferior a US$ 17.545,46, más accesorios opcionales por un máximo del 15% de dicho monto.
Si se trata de vehículos para el transporte de carga, el valor FOB máximo es de US$ 14.513,23, más accesorios opcionales por un máximo de 15% de dicho monto.
El trámite tiene vigencia de dos años contados de la fecha de la resolución que concedió la franquicia, que corresponde al período de prohibición para transferir o vender el vehículo, salvo que se proceda a su desafectación.
El trámite se puede realizar durante todo el año.
Costo del trámite: No tiene costo.