VALORACION N° 202
RECLAMO Nº 1.037 DEL 01.09.2008
ADUANA METROPOLITANA.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Estos antecedentes y la Resolución de Primera Instancia Nº 43 del 14 de Enero del 2009 mediante la cual no accedió a modificar el valor Aduanero en DIPS N° 480183462 del 30.08.2008 de Aduana Metropolitana, por cuanto no existían pruebas suficientes que permitieran respaldar cobro de tributos en exceso por mercancías no contenidas en Boleta de Retención.
Que, del análisis de los documentos acompañados a estos autos, en especial del Informe del Fiscalizador, a fs. 8, se desprende que junto con el equipaje de viajero ingresaron al país: un Juego de Nintendo WII más accesorios por un monto de US$ 395.86, conforme a Boleta de Compraventa a fs. 13., emitiéndose Boleta de Retención N° 0121827 del 30.08.2008, a fs. 6, que detalla las mercancías y cuya descripción fue aceptada bajo firma por la pasajera.
Que, por lo anterior, este tribunal determina confirmar la sentencia de primera instancia.
TENIENDO PRESENTE :
Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979;
Dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN:
CONFIRMESE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS