VALORACION RESOLUCIÓN Nº 02

RECLAMO Nº 426 DEL 13.06.2003  ADUANA DE VALPARAISO.

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 

Estos antecedentes y la Resolución Nº 769 del 10.10.2003, fallo en primera instancia, que dejó sin efecto el Cargo Nº 920.284 del 31.03.2003, por ajuste del valor en Declaración de Ingreso Nº 3730007262-4 / 10.04.2001, en atención a que, en este caso, no existirían antecedentes fundados como exige el Artículo 8º de la Ley Nº 18.525, para desestimar el precio originalmente propuesto.

No obstante lo anterior, investigaciones realizadas por el Servicio de Aduanas, en virtud de la facultad fiscalizadora que le compete y en especial el análisis de su base de datos computacional y la revisión de antecedentes de otros importadores durante el período Enero a Octubre del 2001, cuyos resultados fueron informados, entre otros, a través de Informe S/Nº del 12.06.2002 de la Subdirección de Fiscalización, permiten concluir que el precio unitario para estas mercancías es inferior a los mas bajos registrados a nivel mayorista desde el mismo mercado de origen, extraído de importaciones de mercancías idénticas o similares a las especificadas en el documento de destinación mencionado.

Que, a la fecha de aceptación del documento aduanero singularizado se encontraban vigentes las disposiciones de la Ley Nº 18.525/86 ( anteriores a la puesta en vigencia de la Ley Nº 19.912 D.O. 04.11.2003) , que facultan al Servicio Nacional de Aduanas para fijar el valor aduanero de las mercancías que se importan cuando tenga antecedentes fundados para estimar que el precio declarado no es real , asegurando, con esta medida, la correcta recaudación de los derechos, impuestos y demás gravámenes.

 Las Normas de Valoración comprendidas en el Capítulo II de la Resolución Nº 2.400, de 1985 y las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979;

 Dicto la siguiente:

 RESOLUCIÓN:
 
1.-REVOQUESE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.

 2.- CONFIRMESE EL CARGO Nº 920.284 DEL 31.03.2003 EN CONTRA DE LA D. I. Nº 3730007262-4 DEL 10.04.2000, SUSCRITA POR EL DESPACHADOR , SEÑOR SERGIO CABELLO R., EN REPRESENTACIÓN DE COMERCIAL FASIONS PARK S.A.

 JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS

 SECRETARIO

 VVM / ATR / GVL / LMF

 R 1.153- 03 092312