VALORACION : RESOLUCION Nº 124

RECLAMO Nº 249/23.09.2005 ADUANA VALPARAISO

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:
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El Reclamo Nº 249/23.09.2005 (fs. 1 y 2), deducido en contra el Cargo N 920351/22.07.2005 (fs. 10), por subvaloración de la mercancía calzoncillos, Itemes 1 y 2, 100% algodón, originarios de China, y amparados por la D.I. Nº 6580008071-6/18.03.2005 (fs. 8 y 9).

La Resolución Nº 029/01.02.2006 (fs. 32 y 33), fallo en primera instancia que deja sin efecto el Cargo reclamado, por cuanto las mercancías objeto de este reclamo corresponden a zungas 100% algodón y no a calzoncillos 100% algodón, en consecuencia esta prenda no está considerada en la lista de mercancías subvaloradas; a su vez, se clasifica a esta mercancía en la posición arancelaria 6107.9100, con aplicación de la infracción a la clasificación, contemplada en el art. 174 de la Ordenanza de Aduanas, decisión que este Tribunal aprueba;

Las normas de valoración comprendidas en el Capítulo II de la Resolución Nº 2.400, de 1985, vigentes a la fecha de aceptación de la D.I. antes citada;

Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979; dicto la siguiente:

 

RESOLUCIÓN:
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CONFÍRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.

 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS