VALORACION:RESOLUCION N° 124
RECLAMO Nº 162 / 13.03.2007
ADUANA METROPOLITANA.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Estos antecedentes y la Resolución de Primera Instancia Nº 407 del 18 de Julio del 2007 que modificó el valor Aduanero en Declaración de Ingreso Import. Ctdo. Normal Nº 3900090435-3 suscrita el 23.02.2007 por el Agente de Aduanas, señor W. Adelsdorfer V., en representación de los Sres. Electrónica Sudamericana Ltda., por cuanto al confeccionar la DIN se tuvo a la vista una Factura distinta a la que realmente comprendía las mercancías del presente despacho;
Los antecedentes adjuntos al expediente permiten a este Tribunal confirmar lo resuelto en primera instancia, todas vez que la Factura 054.725 del 16.01.2007 fue emitida por el proveedor Coby electronics Corp, N.Y. U.S.A., a fs. 6, y ampara 2.700 unidades de audífonos contenidos en 54 cartones y 636,000 K.B., superiores en cantidad, peso y valor a las de esta operación recibidas en Bodega Courier con peso verificado de 3,950 KB, conforme a detalle de Guía Aérea de empresa Hot Express S.A. a fs. 4 .
Considerando además, que no existen gravámenes aduaneros insolutos, por cuanto las mercancías son originarias de U.S.A. e ingresadas al país bajo régimen de importación TLC-Chile-U.S.A., Ad Valorem 0 %, y
TENIENDO PRESENTE:
Los Artículos 117º y siguientes de la Ordenanza de Aduanas, las Normas del Acuerdo sobre Valoración de la OMC y las facultades que me confiere el Artículo 4º Nº 16 del D.F.L. Nº 329, de 1979, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN :
1.- CONFIRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
2.- PASEN LOS ANTECEDENTES A LA UNIDAD CORRESPONDIENTE, A EFECTOS DE DENUNCIAR LA POSIIBLE INFRACCIÓN QUE PROCEDIERE, CONFORME A LAS CONSIDERACIONES DE LA PRESENTE RESOLUCION.
JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS