VALORACION:RESOLUCION N° 124

RECLAMO  Nº 162 / 13.03.2007
ADUANA  METROPOLITANA.

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Estos antecedentes y la Resolución de Primera Instancia Nº 407 del 18 de Julio del 2007 que modificó el valor Aduanero  en Declaración de Ingreso Import. Ctdo. Normal Nº 3900090435-3 suscrita el 23.02.2007 por el Agente de Aduanas, señor W. Adelsdorfer V., en representación de los Sres. Electrónica Sudamericana Ltda., por cuanto al confeccionar la DIN se  tuvo a la vista una  Factura distinta a la que realmente comprendía  las mercancías del presente despacho;

Los antecedentes adjuntos al expediente permiten a este Tribunal confirmar lo resuelto en primera instancia, todas vez que la Factura  054.725 del 16.01.2007  fue emitida por el  proveedor Coby electronics Corp, N.Y. U.S.A., a fs. 6, y  ampara 2.700 unidades de audífonos  contenidos en 54 cartones y 636,000  K.B., superiores en cantidad, peso y valor  a las de esta operación recibidas en Bodega Courier con peso verificado de 3,950 KB, conforme a detalle de Guía Aérea  de empresa Hot Express S.A. a fs. 4 .

Considerando además,  que no existen gravámenes aduaneros insolutos, por cuanto  las mercancías  son originarias de U.S.A. e  ingresadas al país  bajo régimen de importación TLC-Chile-U.S.A.,  Ad Valorem 0 %, y 

TENIENDO PRESENTE:

Los Artículos 117º y siguientes  de la Ordenanza de Aduanas, las Normas del Acuerdo sobre  Valoración  de la OMC  y  las facultades que me confiere el Artículo 4º Nº 16  del D.F.L. Nº 329, de 1979, dicto la siguiente:

RESOLUCIÓN :

1.-  CONFIRMASE   EL FALLO DE  PRIMERA INSTANCIA.

2.- PASEN  LOS ANTECEDENTES A LA UNIDAD CORRESPONDIENTE,      A  EFECTOS  DE   DENUNCIAR  LA  POSIIBLE   INFRACCIÓN   QUE      PROCEDIERE, CONFORME  A  LAS  CONSIDERACIONES    DE   LA       PRESENTE  RESOLUCION.

                
JUEZ  DIRECTOR  NACIONAL  DE  ADUANAS