VALORACION : RESOLUCION Nº 166

RECLAMO Nº 625 DEL 09.12.2005 ADUANA METROPOLITANA

VISTOS:
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Estos antecedentes.


CONSIDERANDO:
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Que, el Juicio de Reclamo Nº 625 del 09.12.2005, de la Aduana Metropolitana se origina en formulación del Cargo N 242 del 07.11.2005, basado en Denuncia Nº 27.468 del 08.05.2002, por existir error en la conformación del valor FOB en Declaración de Ingreso N 1880059732 del 02.05.2002;

Que, el artículo 94 inciso final de la Ordenanza de Aduanas, consigna que la facultad para formular Cargos prescribirá en el plazo de tres años de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.521 del Código Civil. En el presente caso, dicho plazo venció el 02.05.2005, vale decir, su formulación se encuentra excedida en seis meses, toda vez que, habiéndose aceptado a trámite la DI. en controversia el 02.05.2002, el cargo fue emitido el 07.11.2005;

Que, por lo anterior, este tribunal determinar confirmar la sentencia de primera instancia, y;

 

TENIENDO PRESENTE:
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Los Artículos 117º y siguientes de la Ordenanza de Aduanas y las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979, dicto la siguiente:

 

RESOLUCION:
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CONFIRMESE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.

 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS( S )