VALORACION : RESOLUCION Nº 167

RECLAMO Nº 620 / 01.12.2005 ADUANA METROPOLITANA

VISTOS Y CONSIDERANDO:
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Estos antecedentes y la Resolución de Primera Instancia Nº 021 del 12 de Enero del 2006 que modifica el valor Aduanero en Declaración de Ingreso Import. Ctdo. Normal Nº 3150128854-6 suscrita el 21.09.2005 por el Agente de Aduanas, señor Ricardo Mewes S., en representación de los Sres. Gtech Corporation Chile, por cuanto al confeccionar la D.I. se tuvo a la vista Factura Nº 8070939A del 13.09.2005 emitida por Gtech Corporation U.S.A., de fs. 6, que contenía un error en el precio unitario del terminal captador de transacciones , Nº de parte 61-0506-01, de US$ 1.395,52 correspondiendo un valor de US$ 1.585.82;

Los antecedentes adjuntos al expediente permiten a este Tribunal confirmar lo resuelto en primera instancia, todas vez que no existen gravámenes aduaneros insolutos, por cuanto las mercancías son originarias de U.S.A. e ingresadas al país bajo régimen de importación TLC-Chile-U.S.A., Advalorem 0 %, y

 

TENIENDO PRESENTE:
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Las Normas de Valoración referentes al Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio; los Artículos 117º y siguientes de la Ordenanza de Aduanas y las facultades que me confiere el Artículo 4º Nº 16 del D.F.L. Nº 329, de 1979, dicto la siguiente:

 

RESOLUCIÓN :
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1.- CONFIRMESE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS( S )