VALORACION : RESOLUCION Nº 174

RECLAMO Nº 554 / 11.10.2005 ADUANA METROPOLITANA

VISTOS Y CONSIDERANDO:
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Estos antecedentes y la Resolución de Primera Instancia Nº 045 del 30 de Enero del 2006 que estableció un nuevo valor aduanero de US$ 7.672,66 en Declaración de Ingreso Nº 3790042119-3 suscrita el 08.08.2005 por el Agente de Aduanas, señor Jorge Núñez B., en representación de los Sres. Ericsson Chile S.A., por cuanto para la valoración de las mercancías se consideró los montos unitarios detallados Factura 7206602983/02.08.2005 de fs.7 y 8, en circunstancias que los valores reales fueron informados a través de Nota de Crédito , Factura N 7200046080 / 15.09.2005, del proveedor Ericsson AB Sweden, de fs. 12 y 13 de autos;

 

Que, en el presente caso de trata de una importación realizada entre empresas vinculadas, en la que no existe un valor de transacción, sino el comúnmente denominado precio de transferencia, no aceptable en el ámbito de la declaración en Aduana de las mercancías, según el Acuerdo de la OMC sobre valoración.

 

Que los precios contenidos en factura N 7206602983 del 02.08.2005, de fs. 7, que sirvieron de base para conformar el valor CIF declarado, corresponden a valores no influidos en la vinculación existente y, por el contrario, los rebajados son los denominados precios de transferencia, por lo que este Tribunal determina revocar lo resuelto en primera instancia y mantener el valor originalmente propuesto en DI en controversia, y;

 

TENIENDO PRESENTE:
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Las Normas de Valoración referentes al Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio; los Artículos 117º y siguientes de la Ordenanza de Aduanas y las facultades que me confiere el Artículo 4º Nº 16 del D.F.L. Nº 329, de 1979, dicto la siguiente:

 

RESOLUCIÓN :
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1.- REVOQUESE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
 

2.- CONFIRMESE EL VALOR DECLARADO EN DI N 3790042119-3 DEL 08.08.2005, SUSCRITA ANTE LA ADUANA METROPOLITANA POR EL AGENTE DE ADUANA, SR. JORGE NUÑEZ B., EN REPRESENTACIÓN DE ERICSSON CHILE S.A.
 

 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS( S )