VALORACION: RESOLUCION N° 203

 

Reclamo  Nº 856/06.11.2009
Aduana Metropolitana.

 

VISTOS:

 

Estos antecedentes  y la Resolución  de Primera Instancia Nº 192, del 31.03. 2011   que acogió lo solicitado por el  Abogado,  Sr.  Víctor Galilea P., en representación de Sres. Telefónica Móviles Chile S.A.,  en el sentido  de acceder a modificar  el valor Aduanero declarado  en DIN N° 5100139012-4   aceptada a trámite en   Aduana Metropolitana el 24.08.2009, por cuanto en la  gestión del referido documento, en especial  en la conformación del valor se  suscribió  un monto  FOB  US$ 792.641.66 correspondiente a 1.320 unidades de teléfonos celulares, marca Apple, 3 G, 16 G, origen USA., en circunstancias que 720 unidades arribaron al país en una fecha posterior, importadas  mediante DIN N° 5100139174-0 del 27.08.2009 de esa Aduana. 

 

Que, del análisis de los  antecedentes  adjuntos  al expediente se desprende  que la suma de US$ 25.941.02 indicada en Informe de Reclamo, a fs. 35, y en Considerando N° 4.- del fallo de Primera Instancia, a fs.  55 a 57,  corresponde, exclusivamente, a ingreso en exceso en arcas  fiscales  por  concepto de Derecho Advalorem.  y existe además  una doble tributación por 720 unidades, lo que es necesario corregir en esta instancia, por corresponder, razón por la cual  este tribunal determina confirmar lo resuelto en primera instancia;

 

TENIENDO PRESENTE:

Los Artículos 117° y siguientes de la Ordenanza de Aduanas,  y  las facultades que me confiere el Artículo 4º Nº 16  del D.F.L. Nº 329, de 1979, dicto la siguiente:

RESOLUCIÓN :

CONFIRMESE   EL   FALLO   DE   PRIMERA    INSTANCIA

JUEZ   DIRECTOR   NACIONAL   DE   ADUANAS