VALORACION:Resolución n°27
RECLAMO Nº 046/23.03.00 ADUANA LOS ANDES
VISTOS:
El Reclamo Nº 046/23.03.2000 (fs. 1), deducido en contra del Cargo N 920.001/11.01.2000, por haberse considerado por parte del Fiscalizador interviniente que la mercancía importada en el Item N 2: caja para medición de potencial eran usadas, correspondiente a la D.I. N 3150013384-0/23.12.1999 (fs. 2 y 3).
CONSIDERANDO:
Que, la Resolución Nº 1735/24.05.2000, fallo en primera instancia, deja sin efecto el Cargo reclamado, por no tratarse de mercancía usada, decisión que este Tribunal aprueba;
TENIENDO PRESENTE:
Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979; dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN:
CONFIRMA EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS