VALORACION: RESOLUCION Nº 328

RECLAMO Nº 241 DEL 25.04.2005 ADUANA METROPOLITANA.

VISTOS Y CONSIDERANDO:
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Estos antecedentes y la Resolución Nº 276 del 16.06.2005, fallo en primera instancia, que modificó el valor aduanero en D.I. Nº 3930079691-9 del 12.04.2005 suscrita por el Despachador, señor Patricio Larrañaga K., en representación de Sres. Novartis Chile S.A., por cuanto el monto del Flete fue declarado en Dólares U.S.A. en circunstancias que correspondía a Euros, conforme lo señala Guía Aérea Nº 001-7625-6972 del 08.04.2005, de fs. 3 y que era necesario corregir;

Que, el análisis de los antecedentes adjuntos al expediente permiten a este Tribunal confirmar lo resuelto en primera instancia y aceptar las alegaciones del recurrente, y

 

 

TENIENDO PRESENTE:
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Los Artículos 116º y siguientes de la Ordenanza de Aduanas y las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979, dicto la siguiente:

 

 

RESOLUCIÓN:
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1.- CONFIRMESE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.

2.- FORMULESE DENUNCIA POR INFRACCION AL ARTÍCULO 174º ( ex. 173º) DE LA ORDENANZA DE ADUANAS.
 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS