VALORACION: RESOLUCION Nº 4

RECLAMO Nº 344/13.07.2006

ADUANA METROPOLITANA

VISTOS:

El Reclamo Nº 344/13.07.2006 (fs. 6/7), deducido por haberse declarado un valor FOB de US$ 800,00 para dos pares de zapatos, siendo el valor facturado de US$ 10,00 como muestras sin valor comercial, mediante D.I N° 3630164882-5/08.06.2006 (fs. 1).

CONSIDERANDO:

Que, la Resolución Nº 440/13.10.2006 (fs. 15/16), fallo en primera instancia, desestima el reclamo al valor declarado, decisión que este Tribunal aprueba, por cuanto se solicitó catálogo u otro documento sobre la mercancía, no habiendo respuesta a esta petición por parte del interesado.

TENIENDO PRESENTE:

Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979; dicto la siguiente:

RESOLUCIÓN:

CONFÍRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS