VALORACION RESOLUCIÓN N°78
RESOLUCIÓN Nº 78 FECHA: 10 FEB 2004 Reclamo Nº 572/09.09.2003 ADUANA VALPARAÍSO
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:
El Reclamo Nº 572/09.09.2003, deducido en contra del Cargo Nº 920568 / 11.07.2003 formulado por derechos e impuestos dejados de percibir como consecuencia del ajuste del valor de las mercancías, consistente en casaca 100% algodón, montgomery, abrigo, 100% poliéster para niñas, y parka para niño, importados según D.I. Nº 2340081623-9/15.04.2002 (Itemes N s. 3, 4 y 5, respectivamente);
La Resolución Nº 832/04.12.2003, fallo en primera instancia que se pronuncia sobre el precio de transacción real de estos productos, confirmando el Cargo reclamado;
Los ajustes aplicados a los Itemes N s. 3, 4 y 5 no son procedente, en este caso, por tratarse de valores informados para la siguiente unidad de medida: kilos neto, y en la presente reclamación la unidad de medida para las posiciones arancelarias 6202.9390, 6202.1321 y 6201.9322 corresponden a unidades; por lo tanto, si se efectúan las e-quivalencias de 385 montgomery, 520 abrigos y 1.005 unidades de parkas a KN, estas as-cienden a 211,75, 260 y 478,4 KN, con un valor CIF de US$ 10,417662, 10,209307 y 13,472617 por kilo neto, al considerar un peso de 550, 500 y 450-500 grs/unidad, respectivamente, de conformidad a lo estipulado en el Informe de Importación N 724276/16.01.2002 -fs. 22 a 23-; excediendo, en consecuencia, los valores de US$ 10,99, el valor declarado se posiciona dentro de un rango de +/- 10% aceptable para el Servicio de Aduanas, 10,07 y 10,50 CIF/KN, comunicados por listado de fecha 12.06.2002 -fs.27-, OF. RES. N s. 91/ 31.01.2002 -fs.29-, 1004/29.08 -fs.28- y e-mail de fecha 15.01.2002 -fs.26-, del Depto. Inteligencia Aduanera;
Las normas de valoración comprendidas en el Capítulo II de la Resolución Nº 2.400, de 1985, vigentes a la fecha de aceptación de la D.I. antes citada;
Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979; dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN:1. REVÓCASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
2. DÉJASE SIN EFECTO EL CARGO Nº 920568/11.07.2003, FORMULADO POR LA DIRECCIÓN REGIONAL ADUANA DE VALPARAÍSO.
JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS
SECRETARIO
VVM/ATR/GVL/LAMS/
Int. 1233/2003