VALORACION : RESOLUCION Nº 98

RECLAMO Nº 321/09.12.2005 ADUANA SAN ANTONIO

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:
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El Reclamo Nº 321/09.12.2005 (fs. 1 a 10), deducido en contra del Cargo N 624/16.11.2005 (fs. 14), por haberse ejercitado la duda razonable por subvaloración para la D.I. Nº 3900052659-6/30.08.2005;

La Resolución Exenta Nº 060/19.01.2006 (fs.31 a 33), fallo en primera instancia que anula el Cargo N 624/24.10.2005, por existir duplicidad de Cargos formulados para la Declaración de Ingreso antes señalada;

La existencia del Cargo N 579/24.10.2005 (fs. 11), emitido por la Adminis-tración de Aduana San Antonio, el cual fue formulado por subvaloración con aplicación del criterio de valor del Ultimo Recurso, consignado bajo el Reclamo N 320/09.12.2005;

Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979; dicto la siguiente:

 

RESOLUCIÓN:
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CONFÍRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
 

 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS