Comentarios Recibidos

Normas de Carpeta de Despacho Electrónica.

Comentario #1

Rodrigo Zúñiga Ballesteros
Sub Gerente del Departamento de Sistemas
EDITRADE S.A.

 COMENTARIO  PAGINA
 1. SEGÚN LOS FILTROS DE BÚSQUEDA DEFINIDOS EN EL CASO DE USO CUCE001, DE LA PÁGINA 10, ES PREFERIBLE DEFINIR MEJOR LAS COMBINACIONES DE ESOS FILTROS, YA QUE SINO, ES PROBABLE QUE NO SE CUMPLA CON LOS REQUISITOS DE TIEMPO DE CONSULTAS, DE 2 SEGUNDOS SEÑALADAS EN EL PUNTO 5.3.2 EN LA PAGINA 44. PAG 10
Y 44
 2. LAS CARPETAS A MOSTRAR EN LA BUSQUEDA, SOLO SERÁN LAS QUE EL AGENTE DE PERMISO O TODAS LAS QUE ESTEN EN EL SISTEMA INDEPENDIENTE DE SU ESTADO.(PAG 10)  PAG 10
 3. EN EL CASO DE USO DE VER INDICES DE CARPETAS, SEÑALAN QUE SE DEBE RESPONDER CON UN LISTADO DE CARPETAS, PERO ADEMAS SE PIDE INDICAR POR CADA CARPETA UN LISTADO DE LOS DOCUMENTOS QUE ESTA TIENE, EN BASE A ESTO ¿ESTE LISTADO SE PUEDE MOSTRAR AL PINCHAR CIERTO ENLACE EN LOS REGISTROS DEVUELTOS O CADA REGISTRO DEBE INCORPORAR ESA INFORMACIÓN? SI CONSIDERAN QUE DEBE SER DENTRO DEL REGISTRO Y NO COMO UN ENLACE, ESTO PUEDE PROVOCAR MÁS LENTITUD EN LA CONSULTA COMO TAMBIÉN SE VERÁ MAL VISUALMENTE.
PARA EL CASO DE BUSQUEDA POR DESPACHO, AHÍ SI TIENE
SENTIDO MOSTRAR TODO, INCLUIDO LA LISTA DE DOCUMENTOS.
  PAG 10
 4. EN EL CASO DE USO CUCE012, QUE HABLA DE VER EL ESTADO DE SOLICITUD DEL LOG DE CIERTAS CARPETAS, INDICA QUE EL SISTEMA DEBE RESPONDER CON UN MENSAJE QUE INDIQUE EL ESTADO DE LA SOLICITUD Y CON LOS LOGS DE LAS CARPETAS EN EL MISMO MENSAJE(CON FIRMA ELECTRONICA). Y MAS ABAJO SEÑALA QUE SE MUESTRE UN LINK A LOS LOGS.
CREO QUE ESTO DEBIESE TRABAJAR IGUAL QUE EL CASO DE USO CUCE003 QUE ES PARA “VER ESTADO SOLICITUD DE CARPETA”, EN EL CUAL, EL MENSAJE DE RESPUESTA DEL SISTEMA SOLO INDICA EL ESTADO DE LA SOLICITUD Y EL LINK RESPECTIVO, SI ESTA ACCESIBLE. ( SIN FIRMA ELECTRONICA.)
PAG 14
Y 23
 5. EN EL CASO DE USO CUCE013, QUE ES PARA VER EL LOG DEL SISTEMA, SEÑALA COMO REQUISITO HABER SOLICITADO ACCESO A UNA CARPETA, CREO QUE ESTO NO ES CORRECTO, YA QUE EL REQUISITO ES HABER SOLICITADO ACCESO AL LOG. FAVOR CONFIRMAR  PAG 24
 6. CADA JEFE DE FISCALIZACION TENDRA UN TOKEN? YA QUE SE SEÑALA QUE AL SOLICITAR UNA CARPETA EL USUARIO DEBE FIRMAR EL MENSAJE.(PAG 12)  PAG 12
 7. PARA LA FIRMA ELECTRONICA AVANZADA ¿SE PUEDE USAR UN APPLET, UN ACTIVEX O UN COMPLEMENTO PARA LOS BROWSER?. FAVOR NORMAR SOBRE QUE BROWSER, VERSION DE JAVA, S.O., ETC.  
 8. SE PIDE QUE EN LA RESPUESTA A UNA SOLICITUD DE CARPETA EL SISTEMA RESPONDA SI LA CARPETA ESTARA DISPONIBLE ELECTRONICAMENTE. ¿ESTA RESPUESTA NO DEBERIA SER DADA POR EL AGENTE?
 PAG 12
 9. EN EL MISMO PUNTO ANTERIOR SE PIDE AL SISTEMA EL MOTIVO CUANDO NO SE ENCUENTRA UNA CARPETA, EL SISTEMA NO NECESARIAMENTE SABE EL MOTIVO(PAG 12)  PAG 12
 10. SEGUN EL PUNTO 5.2.2, FAVOR DAR EJEMPLOS DE DOCUMENTOS QUE NO SON IMÁGENES GRAFICAS QUE PUEDAN SER TRANSFORMADOS A PDF.  PAG 41
 11. -PARA LA VISUALIZACIÓN DE UN DOCUMENTO VÍA WEB, LOS DOCUMENTOS QUE FUERON DIGITALIZADOS ¿DEBEN SER MOSTRADOS PAGINA A PAGINA O PUEDEN MOSTRARSE EN UN SOLO ARCHIVO PDF? YA QUE EN EL PUNTO 5.2.6 SE SEÑALA QUE PARA DESCARGAR UNA CARPETA COMPLETA ES POSIBLE USAR ESTA MODALIDAD. (INCLUIR LAS IMAGENES ESCANEADAS)  PAG 41
42
 12. EN EL PUNTO 5.2.6, PARA DESCARGAR UNA CARPETA EN PDF, SEÑALA QUE TODAS LAS PAGINAS QUE FORMAN PARTE DE LA CARPETA SE INCLUYEN EN EL PDF Y NO UN PDF POR DOCUMENTO ¿CIERTO?  PAG 42
 13. EN EL PUNTO 5.3.1, SEÑALA QUE SE DEBE CONSIDERAR UNA DISPONIBILIDAD DE 99% EN TODO HORARIO HABIL ¿CUAL ES EL HORARIO QUE ADUANA CONSIDERA COMO HABIL? PAG 43 
 14. -SI A UNA CARPETA CERRADA Y FIRMADA, EL AGENTE DE ADUANA COMIENZA A MODIFICAR SU CONTENIDO, ESTA CARPETA ¿SIGUE DISPONIBLE PARA SER VISTA POR LA ADUANA O AUTOMÁTICAMENTE QUEDA NO DISPONIBLE HASTA QUE EL AGENTE DE ADUANA LA VUELVA A FIRMAR?
15. SI LA RESPUESTA ES QUE SIGUE DISPONIBLE PARA LA ADUANA, ¿QUE VERSIÓN ES LA QUE VE LA ADUANA? LA CARPETA CON LOS DOCUMENTOS QUE EXISTIAN EN LA ULTIMA FIRMA ELECTRONICA O INCLUYE LAS ULTIMAS MODIFICACIONES QUE AUN NO TIENEN FIRMA ELECTRONICA.
Pag 30 
 16. FAVOR INFORMAR DE LOS CODIGOS Y GLOSAS DE REPAROS  PAG 26
 17. AL VISUALIZAR UNA BITACORA DE UNA CARPETA, LA ADUANA ¿PUEDE VER SOLO LOS DATOS DE LA BITACORA QUE TIENE FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA?, ACCIÓN QUE SE REALIZÓ AL MOMENTO DEL CIERRE, O SE REQUIERE QUE SE MUESTRE TODOS LOS REGISTROS GENERADOS DESPUES DEL CIERRE, QUE NO NECESARIAMENTE TIENEN FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA. PAG 19
Y 29
 18. SEGUN LOS EVENTOS DETALLADOS EN EL PUNTO 8.14, PARA EL REGISTRO DE LA BITACORA, SE SEÑALA EL EVENTO “CARPETA NO CREADA”, ESTO ¿IMPLICA QUE TODA DECLARACIÓN QUE EL AGENTE DE ADUANA NO INCORPORE AL SISTEMA DE CARPETAS DIGITALES, EL SISTEMA DEBERA TENER ESTE REGISTRO EN LA BITACORA CON FIRMA ELECTRONICA AVANZADA? PAG 104 
 19. EN LA PAGINA 32, SEÑALA QUE EL SISTEMA GENERA UN MENSAJE DE AVISO DE REPARO DIRIGIDO A FISCALIZACION DE ADUANA.
¿ESTE MENSAJE ES UN EMAIL?
¿A QUIEN VA DIRIGIDO, A LA MISMA PERSONA QUE INGRESO EL REPARO?
 PAG 32
 20. EN LA PAGINA 7, EN LA DEFINICION DEL ACTOR “ADMINISTRADOR SISTEMA ADUANA”. SEÑALA QUE ESTE ACTOR TENDRÁ ACCESO A VISUALIZAR LA ACTIVIDAD DE LOS JEFES DE FISCALIZACIÓN Y DE LOS FUNCIONARIOS DE FISCALIZACIÓN. ESTO SE SEÑALA COMO UNA CARACTERISTICA DIFERENTE DE LOS LOGS, POR ELLO ¿A QUE SE REFIERE ESTA CARACTERISTICA SINO ES EL ACCESO A LOS LOGS POR CARPETA?
PAG 7 
21. DADA LA FUNCIONALIDAD DE QUE LOS FISCALIZADORES USARAN UN TOKEN PARA APLICAR LA FIRMA ELECTRÓNICA. ¿COMO OPERARA EL SOPORTE E INSTALACION DE DICHO TOKEN?, ESTARÁ A CARGO DEL PROVEEDOR DEL SERVICIO O DEL AREA DE INFORMÁTICA DE LA ADUANA.
22. LO ANTERIOR DERIVA EN OTRA CONSULTA, SI EL SOPORTE ES DADO POR EL PROVEEDOR, ¿ESTE SOPORTE ES PARA LOS FUNCIONARIOS DE ARICA A PUNTA ARENAS?¿ES SOLO EN HORARIO HABIL?

23. EXISTIRÁ UN PLAN DE CONTINGENCIA O PROCESO ALTERNATIVO, CUANDO EL USUARIO DE ADUANA LE FALLE EL TOKEN, PARA SEGUIR INTERACTUANDO CON EL SISTEMA. (FALLA S.O, FALLA PUERTO USB, SE DAÑO EL TOKEN,ETC)

24. DADO QUE EL ADMINISTRADOR DE LA ADUANA PUBLICARÁ LOS USUARIOS ACTIVOS DEL SISTEMA, ES CONVENIENTE, DADO EL NUMERO DE USUARIOS, QUE SE PUEDA DESCARGAR EN UN ARCHIVO, PARA SER INGRESADO EN EL SISTEMA DE UNA MANERA MÁS RÁPIDA. PARA MAYOR SEGURIDAD ESTE ARCHIVO DEBERÍA CONTENER LOS CERTIFICADOS DE FIRMA DIGITAL X509 CON SU LLAVE PÚBLICA. (así lo está haciendo Aladi con los certificados de origen digital)

25. ES CONVENIENTE QUE EL LOGIN DE LOS USUARIOS DE ADUANA SEA UNICO, PARA UNA MEJOR TRAZABILIDAD EN EL TIEMPO. POR EJEMPLO QUE SE USE EL RUT COMO USERNAME, DE ESA FORMA NO CABRÁ DUDA DE QUE ESTE SERÁ ÚNICO PARA EL USUARIO.

26. SIGUIENDO CON EL TEMA DE LOS TOKEN, EXISTEN EN EL MERCADO DIFERENTES MODELOS, ASI QUE ES MEJOR NORMAR EL O LOS MODELOS A USAR, CONSIDERANDO QUE FUNCIONEN TANTO EN WINDOWS COMO EN LINUX, A 32 Y 64 BITS Y CON DRIVER QUE SOPORTE DIFERENTES SISTEMAS OPERATIVOS. RECOMENDAMOS eToken Pro de Aladdin. NO RECOMENDAMOS
iKey 2032.

27. EN EL ESQUEMA DEL XML PARA LA BITACORA, LA DEFINICION DE LOS TIPOS NO CONTEMPLA UN ESTADO ASOCIADO A LA CREACIÓN DE LA CARPETA, SE DEBERÍA AGREGAR.

28. CUANDO PIDEN QUE EL “PROVEEDOR” DEBE FIRMAR ELECTRÓNICAMENTE (ejemplo al firmar cada MENSAJE de la bitácora de la carpeta), ¿LO DEBERÁ HACER CON FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA? DE SER CON FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA ¿DE QUIÉN ES ESA FIRMA? (REPLESENTANTE LEGAL, RESPONSABLE DEL SISTEMA, OPERADOR DEL SISTEMA, ETC)

29. EN EL CASO DE USO CUCE001 AL BUSCAR UNA CARPETA EN PARTICULAR EL FILTRO DE CÓDIGO DE AGENTE EN RIGOR ES ¿POR AGEN”CIA” DE ADUANA? O POR ¿AGEN”TE” DE ADUANA?.
(EN LA PÁGINA 8 PUNTO 3.1 SE ESPECIFICÓ QUE EL ACTOR AGENTE DE ADUANA CUANDO ESTÁ ASOCIADO CON OTROS, SE CONSIDERA COMO UN SÓLO AGENTE DE ADUANA)
Pág. 10
1.-¿CUANDO SE DECIDE QUE UNA CARPETA SERÁ ELECTRONICA O MANUAL? ES PREFERIBLE QUE CUANDO ADUANA SOLICITE UNA CARPETA, EL AGENTE DE ADUANA PUEDA DECIDIR ESTO EN ESE MOMENTO O NORMAR EL MOMENTO EN CUANDO EL AGENTE DE ADUANA LE DEBE INDICAR AL SISTEMA LA OPCIÓN DE QUE LA CARPETA SÉA DIGITAL O SÉA EN PAPEL.

2.-¿LA CERTIFICACIÓN RIGE TANTO PARA LAS EMPRESAS PROVEEDORAS DE SOFTWARE COMO PARA LAS AGENCIAS DE ADUANA?. ES DECIR DEBEN CUMPLIR CON: -VALIDACIONES DE REQUISITOS TECNOLÓGICOS -ESTANDARES MINIMOS DE CUMPLIMIENTO -ESTANDAR TIA/EIA 942 TIER PARA EL DATA CENTER.
-EVALUACIÓN DE REQUISITOS DE SEGURIDAD
-VALIDACIÓN PLATAFORMA TECNOLÓGICA
(NO QUEDA CLARO EN LA DOCUMENTACIÓN, POR FAVOR DEJAR EN CLARO EN LAS PREGUNTAS)

3.-SEGÚN LA ULTIMA REUNIÓN INFORMATIVA, DEL JUEVES 15 DE JULIO, SE MENCIONÓ QUE UNO DE LOS OBJETIVOS ERA QUE EN UN FUTURO PODER REEMPLAZAR EL LIBRO CIRCUNSTANCIADO POR ESTE SISTEMA. POR ELLO PROPONEMOS INCLUIR EN ESTA ETAPA DEL DESARROLLO, TODOS LOS ATRIBUTOS O DATOS NECESARIOS PARA CUMPLIR ESO, Y NO TENER QUE CAMBIAR EL ESQUEMA EN UN FUTURO. EJEMPLO: PAIS ORIGEN, PUERTOS, VALORES, ETC. SERÁ MUCHO MÁS COMPLICADO INCLUIRLO EN LA MARCHA QUE DESDE UN PRINCIPIO POR(COSTOS, DESARROLLO, CAMBIO A LA NORMATIVA, ETC.)


Respuesta 

1. El Servicio Nacional de Aduanas estima que la cantidad y tipos de parámetros planteados en la búsqueda no es muy compleja como para excluir alguno de ellos.

2. Todas las carpetas registradas en el sistema estarán disponibles para ser buscadas. De esta manera se da la opción de solicitar el acceso a cada una de ellas.

3. Se corregirá el caso de uso

4. Se corregirá el caso de uso

5. Efectivamente, es un error en el documento, se corregirá.

6. Solo los Jefes de Fiscalización tendrán la facultad de firmar electrónicamente las solicitudes.

7.  La implementación de la firma electrónica no está restringida a un tipo en particular. Debe ser lo suficientemente accesible y usable para el usuario. Con respecto a los browsers se recomianda utilizar las últimas versiones estables de los navegadores más usados en el mercado como por ejemplo: Microsoft Internet Explorer ó Mozilla Firefox.

8. Se revisará el mensaje de respuesta y el momento en que será enviado.

9. Los motivos son principalmente: Disponible y No disponible. Dentro de disponible se encuentran los distintos estados que puede tener una carpeta en el sistema.

10. Estos pueden ser algunos formatos de gráficos como por ejemplo vectoriales (SVG), Planos en formato Autocad (DWG), etc.

11. La web la visualización es página a página, con la posibilidad de descargar el documento completo PDF multipágina.

12. Se debe considerar que la relación es CARPETA -> DOCUMENTOS -> PAGINAS.

13. En la resolución se normará lo que se considera horario hábil en este caso.

14. La Carpeta debe seguir disponible para aduana, y  no debe modificarse en el proceso de fiscalización,  y cada cambio sobre la carpeta (modificación/eliminación) efectuado durante la fiscalización no debe ser disponibilizado, no obstante, los cambios realizados deberan quedar registrado en la bitácora.

15. Siempre se deben ver todos los cambios que ha sufrido el documento. No hay modificación sin firma.

16. Se generará anexo con códigos y glosas de reparos.

17. Se deben mostrar todos los registros de la bitácora. Cada modificación que se realice a una carpeta de despacho cerrada, debe ser firmado.

18. Se revisará la tabla

19. La respuesta debe ser la disponibilización de una nueva carpeta que incluya el reparo en los plazos acordados.

20. Se debe diferenciar la "Bitácora" del "Log". Bitácora: Es un listado de registros estructurados como un documento XML que contiene todos los movimientos de la carpeta (con firma electrónica). En cambio el log del sistema es un archivo propio de un servidor de aplicaciones donde se ejecutará el software del prestador de servicios, el cual registrará en forma estructurada la actividad de la aplicación en detalle. El log del sistema es algo netamente técnico y será utilizado para analizar en profundidad cualquier duda que se tenga respecto al funcionamiento del sistema.

21. El Servicio de Aduana se preocupará de la instalación y soporte de los certificados y dispositivos para las tareas de firma electrónica.

22. El sistema es en línea y por tanto opera 24X7. Sin embargo, la solicitud de carpetas y su disponibilización estará restringida al horario hábil.

23. El Servicio  dispondrá los recursos  necesarios para enfrentar las emergencias

24. Se evaluará como se dispondrán los datos.

25. El login del usuario deber ser único ( incluso en el tiempo)

26. El Servicio de Aduanas se encuentra evaluando el dispositivo adecuado para los funcionarios de Aduana. Serán consideradas sus reomendaciones.

27. No existen estados para la bitácora, se debe manejar este evento relacionando el 1er. "DocumentoAgregado".

28. La Firma Digital Avanzada para los mensajes que provienen del prestador de servicios debe corresponder al responsable de la aplicación por parte del proveedor de servicios.

29. La búsqueda es por Agente de Aduana

1.- Se evaluará la oportunidad de este mensaje

2.- Las especificaciones se encuentran señaladas expresamente en el númeral 4.1 de la Resolución Normativa publicada en "Publicación Anticipada" en la página WEB.  Las exigencias técnicas son tanto para las agencias de aduanas como para los prestadores de servicio.

3.- La norma actualmente publicada, en su especificación técnica, ya contiene las exigencias en información para reemplazar el libro circunstanciado. Se indicará expresamente en la norma; la forma y momento en el cuál la exigencia del sistema de Carpeta de Despacho Electrónica reemplazará el Libro Circunstanciado.



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Comentario #2

CAMARA ADUANERA DE CHILE-A.G.


Preguntas Proyecto Carpetas Digitales 
Documento: “Pautas de Acreditación de los Proveedores Tecnológicos”
 
1.    Pág. 1 - No queda claro si es que los Agentes de Aduana que opten por tener su sistema propio deberán cumplir los mismos requerimientos que los PSR. Favor clarificar.
 
2.    Pág. 7 – No queda claro si se está recomendado el uso de los estándares TIA/EIA-942, ITIL, HTTP, HTTPS, ITSM, MOF, CMMI, ISO27001, ISO 9000, COBIT, etc., o si su uso y certificación es obligatorio. ¿cuáles son obligatorios y cuáles son recomendados?
 
3.    Pág. 12 – Durante la certificación: ¿cómo se demostrará que el tiempo máximo de indisponibilidad anual será de menos de 28,8 hrs.? ¿qué criterios se utilizarán para medirlo?
 
4.    Pág. 12 – habla de que los estándares mínimos de cumplimiento se encuentran establecidos en el capítulo XX del documento ….. (favor corregir)
 
5.    ¿cómo identificarán, los fiscalizadores en el sistema, a los agentes de aduana que están asociados en un solo libro circunstanciado? ¿qué prevalece, la agencia o el código de agente?
 
Documento: “Resolución Exenta Nº”
 
1.    Disposiciones Generales: Se menciona que las carpetas digitales se podrán almacenar en formato digital o en papel. No se menciona si esto será retroactivo al archivo histórico de carpetas del agente de aduana.
 
2.    No queda claro que el Agente fiscalizado en una serie de despachos y este no esté suscrito al régimen electrónico, este deba presentar las carpetas en papel o en formato electrónico.
 
3.    No queda claro que el Agente suscrito al sistema digital deba conservar las carpetas en papel luego de haberlas digitalizado.
 
4.    ¿Qué implicancia tendrá un documento de carácter reservado cuando este sea descargado del sistema por el fiscalizador, almacenado en el PC o impreso en papel.?
 
5.    En el punto 216, cuando se refieren al número de despacho están incluyendo el código del agente o solamente el número correlativo que le asigna el agente de aduana. (en algunos contextos aduaneros incluyen el código del agente y en otros no. Ej. régimen transitorios)
 
6.    ¿Qué características y competencias tendrán las entidades que certifiquen a los prestadores de servicios?
 
7.    Las empresas que se certifiquen como proveedores de servicio deberán acreditar experiencia de a lo menos 3 años en desarrollo de servicios de administración de “documentos en formato electrónico”. El concepto de administración de documentos en formato electrónico es bastante amplio. ¿es restrictivo a documentos que son firmados electrónicamente?
 
8.      No queda claro si es que los Agentes de Aduana que opten por tener su sistema propio deberán cumplir los mismos requerimientos que los PSR.


Respuesta


Documento: “Pautas de Acreditación de los Proveedores Tecnológicos”
1.   En el documento Pautas de Acreditación se establece los requisitos que deben cumplir ante el Servicio para acreditarse como proveedores de servicios, y en la resolución en el numeral 4.1 se señala expresamente la posibilidad que los sistemas sean administrados por un Agente de Aduana y en este caso, los agentes de aduana deben cumplir con todas las exigencias técnicas requeridas.

2. Los estándares mencionados en el documento son referentes al desarrollo e implementación de software y prestación de servicios. Cuales serán requeridos? Esta tarea fue asignada a los representantes de las universidades que manifestaron su interés en ser parte de las entidades certificadoras para los prestadores de servicios. Ellos deberán indicar que elementos de cada estándar se debe exigir para la primera etapa de certificación. En el tiempo estos requerimientos tendrán ajustes producto de la mejora continua del sistema, lo que hará que sean más exigentes.

3. Las Universidades que acrediten a los prestadores establecerán el procedimiento y herramientas técnicas que permitan evaluar el cumplimiento solicitado.

4. Se corregirá

5. El libro circunstanciado será reemplazado en la medida que todos los despachos sean electrónicos, y por lo tanto, se podrá identificar a los agentes por el número del documento aduanero

Documento: “Resolución Exenta Nº”

1. Se establecerá un procedimiento para que los Agentes puedan digitalizar las carpetas en forma retroactiva durante un periodo de tiempo.

2. Cuando se solicite una carpeta de despacho por el sistema electrónico, el Agente de Aduana deberá disponibilizarla en un plazo de 24 hrs. En el caso que no la posea en formato electrónico, responderá la solicitud, indicando que no la posee en formato electrónico; en este caso deberá cumplir con la exigencia de presentarla manual cumpliendo el plazo establecido para ambos procedimientos ( 24 hrs)

3. Se especificará claramente en la norma.

4. El procedimiento establecido señala que los proveedores de servicios, validarán la firma electrónica del Jefe de fiscalización que se encuentra solicitando la carpeta.

5. Debe corresponder al número correlativo y código del agente.

6. Aduana ha seleccionado Universidades. Estás se encuentran en proceso de firma de un Convenio Marco con el Servicio de Aduanas. El Servicio de Aduanas las dará a conocer públicamente al momento de que la regulación entre a operar.

7. Podemos señalar que la experiencia referente a la administración de documentos en formato electrónico debe contemplar por lo menos los siguientes puntos:

  • Softwares de gestión de documentos electrónicos (Principalmente documentos con firma digital).
  • Infraestructura de almacenamiento de documentos electrónicos (Propia o Externalizada).

8. En el documento “Pautas de Acreditación” se establece los requisitos que deben cumplir ante el Servicio para acreditarse como proveedores de servicios, y en la resolución en el numeral 4.1 se señala expresamente la posibilidad que los sistemas sean administrados por un Agente de Aduana. En este último caso, señala la norma, los agentes de aduana deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos.



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Comentario #3

Jorge Letelier
PLANOK S.A.



1. El peso del XML carpeta puede ser alto, al parecer no se considera esto en los tiempos mínimos de transferencia.
2. La Bitácora asociada a una carpeta de Despacho debe tener una firma electrónica? Quién firma esto?
3. Es necesario que las empresas prestadoras de servicio estén certificadas externamente para que los Agentes firmen contrato con estas (punto 3.1i de Pautas de Acreditación)?
4. En los tiempos mínimos de respuesta están considerados los tiempos de conversión de documentos para generar la vista Web en PDF? 


Respuesta

1. Precisar esta consulta, señalando la relación peso estimado/tiempo de transacción estimado.

2. La bitácora se firma por el proveedor de servicio al momento de cerrar la carpeta de despacho

3. Al momento de que los agentes de aduana informen al Servicio de Aduanas, la adopción del sistema de carpeta de despacho electrónica, la empresa prestadora de servicios de carpeta de despacho electrónica debe estar reconocida por Resolución de Aduana. El vinculo contractual entre el agente y la prestadora de servicio, es entre privados; y sólo es válido para Aduana si cumple con las exigencias establecidas en las normas que regulan el sistema.

4. Tanto tiempo de comunicación en la “nube” como los tiempos de despliegue en los browsers de los clientes son muy variables y poco probables de garantizar. Esto es dado por el tipo de conexión que tenga contratado el cliente y la potencialidad del equipo en que visualice la aplicación. 

Aclaración Punto Nº1, Comentario Nº3

Sabemos que el peso de la Carpeta puede ser alto por tener varios documentos donde cada hoja tiene que pasarse a XML y mucho de esos documentos son imágenes. En el punto 2.4.2 del documento “Especificaciones Técnicas” señalan que un documento puede llegar a tener 400 páginas de 500KB cada una, que daría un total aproximado de 195 MB. Éste cálculo se obtiene en base a que las imágenes, al ser convertidas a encoding base64, y luego al ser embebidas en el XML, éste incrementa el peso en un factor x1.33 por cada archivo binario.
Debido a esto en primer lugar, los tiempos de cada transacción pueden ser demasiado altos, especialmente para los agentes que no tengan una buena conexión. Esto será una razón que desmotivará el uso de la carpeta.
Por otro lado, en el punto 4.1.3 del documento “Pautas de acreditación”  se define un tiempo máximo permitido de 5 segundos de respuesta.  Creemos que  este tiempo va a ser muy difícil de cumplir para carpetas pesadas.
Considerando lo anterior, sugerimos las siguientes propuestas:
1.- Usar XML referenciado, donde no se incorporen todos los documentos (ni sus versiones) en un mismo archivos, sino que estos sean incluidos desde una URL de almacenamiento y referenciación distribuída, ver: "xml binary reference", "xml big data"

Respuesta a la Aclaración

Para el caso de carpetas con muchos documentos se debe pensar, por un tema de usabilidad de la aplicación, en cargas de datos parciales en el cliente. No es aplicable el abrir un pdf completo en el browser del cliente para visualizar los documentos de la carpeta. Para el caso extremo de que se desee descargar la carpeta completa, esta deberá ser dispuesta en algún formato de visualización, como por ejemplo PDF, y ser comprimida para luego ser descargada.
Cuando se solicitan tiempos de respuesta, estos están pensados en ser medidos desde la “boca” del servidor, ya que es muy poco probable garantizar el tiempo de respuesta del resto de la comunicación.

Por el tema de referenciar recursos externos al XML que contiene la estructura de carpeta y documentos, esto no aplica dado que interfiere con el objetivo de que la firma asegure el contenido del XML. Si existen recursos externos al XML de la carpeta que corresponden a contenidos de los documentos, se produce el problema de que la firma no serviría para acreditar la integridad del documento.

 


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Comentario #4

Alejandro Laínez
Gerente
ANAGENA AG

1. En el numeral 1.5 se define la oportunidad en que los agentes deben poner a disposición del Servicio las carpetas electrónicas, y de la redacción podría entenderse que es al momento de legalizada la DIN o Aceptado a Trámite el DUS.  Si esto fuera así, haría innecesariamente compleja la operación para los agentes de aduana, toda vez que las carpetas, al menos en la revisión a posteriori, no son requeridas sino hasta varios meses después normalmente.  Se propone especificar que las carpetas deben estar disponibles dentro de los 30 días posteriores a la legalización de la destinación, o bien dentro de las 24 horas de solicitada por el Servicio.
 
2. En relación a los documentos que forman la carpeta electrónica (numeral 5), se solicita especificar que a partir de la creación de la carpeta electrónica se pueden destruir los documentos en papel (o especificar el tiempo para ello), e indicar que documentos deben guardarse en papel luego de creada la carpeta, y por cuanto tiempo.  Se propone que se especifique que en las DIN sean los certificados de origen que los respectivos tratados exijan contar con el documento original  (MERCOSUR, China, Europa) por 3 años, y eventualmente algún otro documento que pueda tener esta misma importancia.
 
3. Respecto a los Estados de la carpeta definidos 5.1.5, no queda claro si se considera la posibilidad de incorporar documentos posteriores al cierre, como ocurre con las SMDA por aplicación a posteriori de un TLC, o modificaciones por Reclamos de Aforo, u otros motivos que no son se originan en un error al momento de cerrar la carpeta.  La idea es que quede claro que se puede abrir la carpeta para incorporar estos documentos y luego volver a cerrarla, y que no implican una modificación ni reemplazo de un documento inicial.
 
4. En el 6.4 se especifica como se solicitan las carpetas para las revisiones a posteriori,  pero no señala como debe operar para las fiscalizaciones en la línea (aforo documental previo a autorizar el ingreso de las mercancías), que si bien sabemos que no se contempla en la primera etapa, nos parece conveniente dejar incluida esta posibilidad en la norma inmediatamente.  Se propone que, una vez que los agentes de aduana conozcan la condición de aforo, envíen las carpetas a la Aduana por iniciativa propia, y el sistema contemple alguna casilla donde lleguen y se notifiquen, para que cada Aduana las revise (en orden FIFO) en base a los horarios y forma que se determine en cada caso.
 
5.  De la revisión de los procedimientos de fiscalización (punto 9 y Modelo Operacional), no queda claro si el fiscalizador debe cerrar la operación de fiscalización, y notificar al agente del termino y resultado de la fiscalización, lo que nos parece que es fundamental, y absolutamente crítico para cuando opere con las fiscalizaciones en línea. 
 
6. En el 9.2 se indica que la fiscalización será sobre los documentos electrónicos, pero, tal como se ha mencionado anteriormente, hay documentos como algunos certificados de origen que deben mantenerse en original, y por lo tanto podrían ser objeto de fiscalización, en cuyo caso debiera especificarse como se solicitan y entregan estos documentos.
 
7. En el 9.3 cuando se trate de un reparo porque falte un documento, o esté mal compaginada la carpeta, u otra situación similar que se corrija dentro de las 24 hrs. hábiles, se solicita que se indique que esta situación no constituye una infracción.
 
8. En el numeral 9 solicitamos definir un plazo máximo por el cual deben quedar disponibles las carpetas para ser fiscalizadas, de modo que dar transparencia y agilidad al proceso, sin perjuicio que el mismo despacho se pueda volver a solicitar si se requiere nuevamente.
 
9. Si bien se menciona en la norma que la validez de los documentos electrónicos es para el Servicio de Aduanas, nos parece importante para poder realmente eliminar la mayor parte de los documentos físicos, que estos documentos digitales con las normas de esta Resolución sean válidos para otros servicios públicos, y efectos legales.  Por ejemplo, hay ocasiones en que una DIN pagada en el banco, figura meses, y a veces años después, impaga en el Servicio de Tesorería, y la DIN original es la forma de demostrar el pago. También se da el caso en que una carpeta es solicitada por los Tribunales de Justicia.  La idea es que para los demás organismo del Estado la carpeta con los documentos electrónicos tenga la misma validez legal, de modo de poder realmente eliminar los documentos en papel, con las excepciones puntuales que se requieran.
 
10. Se propone que el Indice de Carpetas que se menciona en Modelo Operacional, reemplace al actual libro circunstanciado, ya que al considerarse en forma conjunta con los documentos, contiene más información que el actual libro, y por lo tanto no se justifica llevar ambos, y además es un incentivo para que los usuarios se incorporen al sistema.
 
11. En las Especificaciones del Modelo Operacional, en el 8.13 se detallan los Tipos de documentos, los que resultan con aperturas muy específicas, y otras por definir, lo que complica la construcción del software y la operación del sistema.  Se propone definir bien las principales (por ejemplo : DIN/DUS, factura, conocimiento de embarque, certificado de origen, certificado de seguro, etc) y luego crear una categoría buzón para los demás documentos, de modo  de simplificar la operación del sistema.


Respuesta

1. Este procedimiento será revisado

2. No es posible determinar,  específicamente los documentos que deberán mantenerse en original, ya que ello depende de las normas  y exigencias que expresamente establecen los Acuerdos o Tratados. Asimismo, debe considerarse  las regulaciones establecidas  en esta materia por otros Servicios.

3. La carpeta establece la posibilidad de incorporar o eliminar  documentos en cualquier momento,  y tratándose de una carpeta cerrada, es factible abrirla para efectuar las modificaciones,  pero estos cambios deben incorporar firma electrónica avanzada y nuevo cierre de la carpeta.

4. Es una condición que será regulada para la segunda etapa

5. Es una condición que será regulada en la segunda etapa

6. Es una condición que será regulado en la segunda etapa, y debe mantenerse el procedimiento actual que establece  las unidades de fiscalización para la entrega de documentos.

7. Todos los proyectos establecidos por Aduana han definido procesos de marcha blanca, y en este contexto las observaciones de forma no significan infracciones, por el periodo que comprende el proceso de puesta en marcha.

8. Se incorporará este procedimiento a nivel de resolución.

9. En este proyecto el Servicio sólo aborda las materias que están dentro de su competencia, sin que pueda extenderse a las facultades de otros Servicios.

10. En la medida que los Agentes de Aduanas,  adopten el sistema íntegro de carpetas electrónicas, se permitirá eliminar el libro circunstanciado.

11. Los tipos de documentos enumerados son los necesarios de acuerdo al análisis interno de Aduana. Cualquier otro tipo de documento podría ser incluido a la definición del XSD propuesto. Si el documento no cabe dentro de ninguno de los documentos enumerados debe ser especificado como “Otro” indicando una glosa descriptiva de este documento.




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Comentario #5

Ricardo Mewes
Agente de Aduanas

  1. En el 6.4 del proyecto de resolución señala el plazo de 24 horas para disponibilizar la carpeta electrónica.  Este plazo es en horario hábil?

  2. Qué pasará cuando producto de la fiscalización de las mercancías el fiscalizador requiera la carpeta?

  3. Se prevé firma electrónica avanzada de todos los documentos. Una factura de 60 hojas, es un solo documento?

  4. Se eliminará la exigencia que se mantiene en la práctica de imprimir la DIN para el retiro de la carga y/o fiscalización

  5. Cómo se compatibiliza esta resolución desde el punto de vista legal con otras normas legales de servicios fiscalizadores que establecen determinada documentación

  6. Hoy IATA con la participación de Aduanas y otros integrantes privados, está trabajando sobre el “e-freight” lo que implica que a lo menos en materia aérea la tendencia es a eliminar la guía original tal como se conoce hoy y por ende tiene implicancias en el mandato. Cómo está previsto este tema en el proyecto?


Respuestas


  1. Se especificará mejor en la resolución definitiva. De todas maneras estas 24 horas serán hábiles, de acuerdo a la ley de procedimientos administrativos.

  2. En una primera etapa este proyecto está pensado sólo para la fiscalización a posteriori, por lo tanto el caso expuesto operará tal cual hoy día.

  3. Se deberán firmar todas las hojas, sin embargo existen soluciones informáticas sencillas en donde se pueden firmar masivamente varias páginas a la vez.

  4. En una primera etapa este proyecto está pensado sólo para la fiscalización a posteriori, por lo tanto el caso expuesto operará tal cual hoy día.

  5. Los documentos digitalizados, firmados y que operen bajo toda la norma de la carpeta de despacho electrónica, tendrán la misma validez legal que los documentos en papel, por lo tanto para todos los efectos aduaneros podrán ser eliminados.

  6. En cuanto se operativice el proyecto e-freight, en ese ámbito se deberá resolver el tema del mandato, lo cual obviamente tendrá implicancias en este proyecto de carpeta de despacho electrónica





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Comentario #6

Rodrigo Zúñiga Ballesteros
Sub Gerente del Departamento de Sistemas
EDITRADE S.A.



1.-Me queda claro que este sistema reemplazará al Libro Circunstanciado, por ello consulto ¿en el sistema deberá existir un reporte similar a la impresión actual del libro?

2.-Favor publicar los html y xml descritos por aduana en el documento de especificaciones del modelo operacional.

3.-en relación a la consulta sobre los parámetros de búsqueda, mi intención no es eliminar alguno de ellos sino normar las combinaciones posibles entre ellos. Por ejemplo:
    -agente + Despacho
    -agente + rut mandante
    -agente + estado de carpeta
    -agente + rut mandante + estado de carpeta
    -agente + periodo de tiempo + rut mandante, etc......

4.-en la solicitud de una carpeta, el "Identificador del solicitante en aduana" será el login de usuario?

5.-Si un determinado jefe de fiscalización solicita una carpeta, dicha carpeta ¿puede ser vista por cualquier usuario de la aduana que tenga el ticket o el "identificador del solicitante de aduana".?

6.-Según la respuesta 4 a la Cámara Aduanera, indican que existe un procedimiento, que validará la firma electrónica del jefe de fiscalización que se encuentra solicitando la carpeta. Según el caso de uso CUCE002, de solicitud, se indica que dicha solicitud se firma electrónicamente pero nó que se debe validar dicha firma. Asi mismo, para visualizar una carpeta(CUCE003), basta con tener el ticket dado por el sistema. Entonces, ¿estos casos de uso están incompletos? ¿cada vez que solicitan una carpeta, se debe firmar y validar dicha firma?

7.-En el caso de uso CUCE 003, de "Ver estado solicitud acceso carpeta", se activa el link para ver una carpeta si es que está disponible. Este link ¿se asocia al caso de uso CUCE 004? es decir, ¿se debe solicitar el ticket para poder ver la carpeta?

8.-Según la ultima reunión informativa, del jueves 15 de julio, se mencionó que el uso de la carpeta electrónica sería obligatoria al finalizar el segundo año de operación. ¿esto será así, cierto?. Favor confirmar por esta vía.

9.-Según la tabla 8.14 existe el evento "creación de carpeta", pero esta no se encuentra en el esquema de la bitácora.


Respuesta

1.- La opción de eliminar el libro circunstanciado se tiene pensado para la segunda etapa de implementación y que el Agente de Aduanas esté completamente operando con el sistema de carpetas de despacho electrónicas. Por lo anterior es que no se cuenta con el análisis completo de lo que se requerirá en cuanto a los reportes a solicitar.
 
2.- Se adjuntan propuestas de despliegue HTML (prototipo_web.rar). Los XML se encuentran descritos en el documento de especificación de modelo operacional y tecnológico.
 
3.- Se tomará en cuenta la propuesta de combinación de filtros, de tal manera de optimizar las opciones de búsqueda. En caso de acogerse esto se reflejará en el documento final y oficial a ser publicado.
 
4.- Si, corresponde al login.
 
5.- Los funcionarios que tendrán acceso al sistema de carpetas de despacho electrónicas, y sobre todo en esta primera etapa que corresponde a fiscalizaciones a posteriori, es bastante limitado en relación al total de funcionarios de Aduana.
Estos funcionarios con acceso al sistema tendrán, en general, el perfil de fiscalizador o de Jefe de Fiscalización. En caso que un funcionario cuente con alguno de estos dos perfiles, y con el número de ticket, podrá acceder a visualizar la carpeta. De todas maneras cabe señalar que deberá ingresar con su login y password para recién poder acceder al sistema. Por lo tanto no solo se puede realizar un historial de los funcionarios que acceden a la carpeta, sino que además se asegura un uso restringido y acotado de este sistema, sobre todo en esta primera etapa.
 
6.- La firma del Jefe de Fiscalización debe ser validada y esto será reflejado en la respuesta de la solicitud de la carpeta. Si la firma no es válida se debe retornar un mensaje de error y no el "número de transacción".
Esto sería un flujo alternativo y complementario al caso de uso CUCE002.
 
7.- No. En el CUCE003 (“Ver estado solicitud acceso carpeta”) ya se solicitó el nro. De ticket, por lo tanto al navegar desde este caso de uso al CUCE004 (“Ver carpeta”), este número de ticket debe ser heredado de tal manera que el funcionario no deba ingresarlo nuevamente.
 
8.- La opción de hacer obligatorio el sistema de carpetas de despacho electrónicas se tiene pensado para la segunda etapa de implementación. De todas maneras se deberá evaluar en su momento con más detalle puesto que existen una serie de condiciones que deberán ser estudiadas durante la puesta en marcha del proyecto en su primera fase (profundidad de la solución en el mercado, cambios culturales del negocio, evaluación de los Agentes bajo este sistema y sin él, etc).
 
9.- La observación es válida, en el sentido de que no existe en la documentación del proyecto un estado explícitamente relacionado con la creación de la bitácora para la carpeta. Se debe manejar este evento relacionando el 1er. "DocumentoAgregado". De todas maneras se estudiará agregar el estado solicitado para dar mayor claridad.






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