Operador Comercio Exterior

Valoración de Mercancías

Nuestro Servicio es responsable del cobro de impuestos y aranceles aduaneros contribuyendo significativamente a resguardar el presupuesto del país que permite financiar los programas de Gobierno en beneficio de todos. Estos gravámenes se calculan en base a una normativa clara. Conócela aquí.

El valor de las mercancías es el precio realmente pagado por el importador o el viajero, el que deberá acreditarse ante la Aduana competente, cuando lo declare o sea solicitado, mediante la presentación de la factura comercial correspondiente o copia de ella.

Esta es la principal definición de valoración denominado como “valor de transacción” pero existen otros métodos o criterios de valoración.

Cuando este no se pueda usar, se determinará recurriendo a los métodos sucesivos y alternativos, según las disposiciones del Acuerdo de Valoración de la Organización Mundial de Comercio-OMC ver aquí.

¿Cuáles son los otros métodos o criterios que tiene aduana para valorar las mercancías?

Son los métodos o criterios establecidos en el Acuerdo de Valoración de la Organización Mundial de Comercio-OMC y, se detallan a continuación:

- Método 1: Valor de transacción o precio realmente pagado o por pagar.

- Método 2: Valor de transacción de mercancías idénticas.

- Método 3: Valor de transacción de mercancías similares.

- Método 4: Deductivo o procedimiento sustractivo.

- Método 5: Valor reconstruido, y

- Método 6: Último recurso.

 ¿Que se entiende por valor aduanero de las mercancías?

El Valor Aduanero de las mercancías es el monto resultante de la suma de los siguientes elementos:

Valor de las mercancías
Seguro
Flete
Más otros elementos llamados “ajustes”, en caso de existir.

Cuando no resulta posible acreditar montos efectivos o habituales de seguro y flete, se determinará un porcentaje teórico, que en general corresponde a un 2% y 5% respectivamente.

¿Qué gastos de transporte forman parte del valor en aduana de las mercancías importadas?

Los gastos que forman parte del valor en aduana corresponden a aquellos incurridos hasta el lugar de importación, con excepción de los gastos de descarga y manipulación en el puerto o lugar de destino, siempre que se distingan de los gastos totales del transporte indicados en el contrato correspondiente.